Ecuador: seguridad nacional o ruptura constitucional

Quito (Pichincha), 02 de marzo del 2026.- El presidente de la República, Daniel Noboa, mantuvo una reunión con Francis Donovan, comandante del Comando Sur de Estados Unidos, en el Palacio de Gobierno. Foto: Isaac Castillo/Presidencia de la República.

Mario Pazmiño Silva

Quito, Ecuador

Ecuador atraviesa un momento crítico en materia de seguridad. El crecimiento del crimen organizado, el control territorial de bandas y la violencia cada vez más estructurada han obligado al Estado a replantear sus capacidades de respuesta.

En este contexto, la posibilidad de recibir apoyo militar de Estados Unidos, planteada por el presidente Daniel Noboa, no es una decisión menor ni exclusivamente operativa; es, en realidad, un tema que toca directamente el corazón de la soberanía nacional y el equilibrio institucional del país.

La Constitución ecuatoriana es clara en este punto: protege de manera estricta la soberanía y establece límites muy definidos frente a la presencia de fuerzas extranjeras. No permite bases militares extranjeras ni la cesión de control territorial, lo que refleja una postura histórica del país frente a cualquier forma de injerencia externa.

Sin embargo, también deja abierta una puerta: la cooperación internacional es posible, pero bajo condiciones muy precisas y, sobre todo, bajo control del Estado ecuatoriano y con la autorización de la Asamblea Nacional.

Aquí está el punto clave. El presidente no puede, por sí solo, autorizar el ingreso de tropas extranjeras si estas implican una presencia militar real en el territorio. Esa decisión debe pasar por un filtro político e institucional. Este mecanismo no es un obstáculo burocrático, sino una garantía de que decisiones sensibles —como permitir la presencia de fuerzas extranjeras— no se tomen de manera unilateral.

Por eso, todo depende de cómo se materialice esa cooperación. Si se limita a asesoría, capacitación o intercambio de inteligencia, no habría mayor conflicto con la Constitución. Pero si se transforma en presencia armada, operaciones conjuntas o despliegue militar, el escenario cambia completamente. En ese caso, sin autorización legislativa, la medida podría interpretarse como una violación constitucional.

Y aquí entra la dimensión política. Una decisión de este tipo, tomada sin respetar los procedimientos, podría abrir la puerta a un juicio político contra el presidente. Sin embargo, en Ecuador este tipo de procesos no dependen solo del derecho, sino también de la correlación de fuerzas en la Asamblea. Es decir, puede existir una infracción, pero la destitución solo ocurrirá si existe el respaldo político suficiente.

Más allá del debate legal, el tema también tiene un fuerte componente estratégico. El apoyo militar extranjero podría fortalecer significativamente las capacidades del país, especialmente en inteligencia, control de rutas del narcotráfico y vigilancia. Pero también implica riesgos: dependencia, exposición de información sensible y posibles reacciones violentas de las organizaciones criminales.

Además, hay un efecto geopolítico inevitable. La presencia de fuerzas estadounidenses en Ecuador no es neutra; reconfigura la posición del país en la región y puede generar tensiones o cambios en el comportamiento de actores tanto estatales como criminales.

En el fondo, el dilema no es si Ecuador debe o no cooperar con otros países en materia de seguridad. El verdadero desafío está en cómo hacerlo. Si se diseña un modelo controlado, temporal y subordinado al Estado ecuatoriano, puede convertirse en una herramienta útil. Pero si se pierde ese control, el costo puede ser alto: no solo en términos legales, sino también políticos y estratégicos.

Ecuador se encuentra, entonces, en un punto de inflexión. La lucha contra el crimen exige decisiones firmes, pero esas decisiones deben mantenerse dentro del marco constitucional. Porque cuando la seguridad se busca al margen de la ley, el riesgo no solo es perder el control del territorio, sino también debilitar la legitimidad del propio Estado.

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