Quito, Ecuador
Ecuador no es una dictadura. Pero esa no es toda la historia. Si no lo ve, mire con más atención.
El problema no es una ruptura visible del orden constitucional, sino algo más difícil de detectar: una erosión progresiva de los límites al poder. Las instituciones siguen en pie, las elecciones se celebran, pero los contrapesos empiezan a ceder.
Steven Levitsky y Daniel Ziblatt, profesores de ciencia política en Harvard, advierten en How Democracies Die que las democracias contemporáneas rara vez colapsan mediante golpes militares. Se erosionan gradualmente cuando líderes electos utilizan las propias reglas del sistema para debilitar contrapesos, presionar a los árbitros independientes y concentrar poder. Cada decisión puede parecer legal y aislada; el problema surge cuando su acumulación debilita los controles hasta que dejan de funcionar. Nada parece cambiar. Pero el equilibrio ya no es el mismo.
Ese marco resulta útil para leer la coyuntura ecuatoriana. En los últimos meses se ha acentuado la tensión entre el Ejecutivo, los órganos de control, en particular la Corte Constitucional, y algunas autoridades locales. El conflicto ya no se limita a desacuerdos jurídicos puntuales. Ha pasado a cuestionarse políticamente el rol mismo del control constitucional, presentado desde el poder como un obstáculo para la seguridad o la gobernabilidad.
Cuando el control pasa a ser un problema
En un Estado constitucional, el control judicial no es una interferencia, sino un límite al poder. Cuando sus decisiones se retratan como bloqueos políticos, el debate deja de ser jurídico y se convierte en una disputa de poder. Así se erosiona la independencia judicial: el control constitucional deja de verse como una garantía y empieza a tratarse como un estorbo.
Y ese es apenas uno de los síntomas. Durante la administración actual, se han multiplicado las señales de deterioro: investigaciones fiscales contra las figuras más visibles de la oposición, intentos de cancelar partidos adversarios y maniobras para anticipar las elecciones y un largo etcétera. La oposición denuncia un uso político de la justicia. El gobierno responde que solo combate el financiamiento irregular y la corrupción.
Las advertencias externas
Estas alertas no han sido solo internas. En 2025, la Relatora Especial de la ONU sobre la independencia de jueces advirtió que calificar a magistrados como “enemigos de la ciudadanía” pone en riesgo la independencia judicial.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuestionó actos y discursos que pueden amenazar la labor de la Corte Constitucional, tras la protesta encabezada por el presidente Daniel Noboa contra ese tribunal. Asimismo, el Comité de Derechos Humanos de la ONU advirtió la falta de salvaguardas para proteger a jueces y fiscales frente a amenazas e intimidaciones. Las advertencias convergen en un punto común: la independencia judicial enfrenta presiones crecientes.
Las preocupaciones no se restringen al ámbito judicial. Desde 2024, distintos órganos de Naciones Unidas han advertido sobre la normalización del uso de estados de excepción, la militarización de la seguridad y sus efectos sobre derechos fundamentales. El Comité de Derechos Humanos cuestionó el uso reiterado de estas medidas; el Comité contra la Tortura alertó sobre la crisis penitenciaria y el recurso a despliegues excepcionales de fuerza; y el Comité contra las Desapariciones Forzadas expresó preocupación por denuncias de desapariciones en operativos de seguridad y por el uso recurrente de regímenes de emergencia.
En paralelo, expertos de Naciones Unidas han alertado sobre el deterioro del espacio cívico, las restricciones a la protesta, la estigmatización de organizaciones sociales y las presiones sobre liderazgos indígenas. También han advertido sobre el posible uso político del sistema de justicia.
Consideradas en conjunto, estas advertencias dibujan un mismo patrón: presión sobre la independencia judicial, deslegitimación del control constitucional, expansión de la excepcionalidad y debilitamiento del espacio cívico.
Un hecho reciente profundiza esa tensión. Dos jueces de la Corte Constitucional, Alí Lozada y José Luis Terán, ponentes de las sentencias que declararon inconstitucionales las leyes de Solidaridad e Integridad Pública, fueron sometidos a exámenes patrimoniales por la Contraloría. Según reportes de prensa, los resultados habrían sido remitidos a la Fiscalía sin notificación previa. La Corte Constitucional advirtió entonces un “entorno de presiones institucionales sostenidas” desde 2025. Las indagaciones llegan tras fallos contrarios al Gobierno. La tensión se agrava.
Redistribución del poder
Esta tensión se inscribe en un debate más amplio sobre concentración de poder. Críticos y sectores de oposición describen la gestión de Daniel Noboa como un proceso de centralización de decisiones y reconfiguración del equilibrio institucional. Señalan, entre otros indicios, el uso intensivo de decretos ejecutivos y la alta rotación ministerial.
En ese mismo contexto se ubica la propuesta de reforma constitucional para modificar el sistema de designación de autoridades actualmente atribuido al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, una institución ampliamente cuestionada por su politización y desempeño irregular. Esa politización ha sido posible, entre otros factores, por decisiones del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral que han permitido la participación de candidatos con claras vinculaciones políticas en un órgano concebido como ciudadano.
La iniciativa plantea trasladar esas competencias a la Asamblea Nacional, con apoyo de comisiones técnicas. Se presenta como una corrección de un modelo fallido, pero también reconfigura el equilibrio institucional al llevar la designación de autoridades a un espacio sujeto a mayorías y alianzas legislativas. El poder no desaparece: se redistribuye. La Corte Constitucional dio paso a esta propuesta en marzo de 2026, habilitando un eventual referéndum.
No se trata solo de quién designa, sino de cómo se redistribuye el poder. Y el problema no es solo el contenido de la reforma, sino el momento en que se impulsa.
La tensión se agrava cuando estos cambios estructurales se discuten mientras los órganos de control ejercen funciones que incomodan al Ejecutivo. La simultaneidad no es neutra: crea incentivos para rediseñar los contrapesos en medio del conflicto y desplaza el debate desde decisiones concretas hacia la arquitectura institucional.
A ello se suma una narrativa que reduce la separación de poderes a una lógica de alineamiento. Cuando el control es legítimo solo si coincide con el Ejecutivo y problemático cuando lo limita, la separación de poderes deja de operar como principio y pasa a depender de mayorías circunstanciales.
Autoritarismo funcional
Nada de esto implica la desaparición formal de la democracia. Implica su transformación: las instituciones permanecen, pero pierden capacidad de limitar al poder. Por eso, la discusión sobre si Ecuador es o no una dictadura resulta insuficiente. El riesgo no es una ruptura abrupta, sino un desgaste progresivo del control democrático.
Ese es el terreno del autoritarismo funcional. No necesita clausurar instituciones ni romper abiertamente el orden constitucional. Le basta con neutralizar los contrapesos, deslegitimar a los árbitros y convertir los límites en obstáculos. Todo parece seguir igual, pero el equilibrio ya no existe.

Y cuando el equilibrio desaparece, la democracia no se rompe. Se vuelve irrelevante.
