Noboa reduce el IVA al 8% por el feriado de octubre

El presidente de la República, Daniel Noboa, decretó una reducción temporal de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que pasará del 15% al 8% para los servicios definidos como actividades turísticas. El beneficio estará vigente durante tres días: el viernes 9, sábado 10 y domingo 11 de octubre de 2026.

El dictamen favorable para esta rebaja fue emitido el pasado 25 de septiembre por el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, sirviendo como base para el dictamen ejecutivo que entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.

¿A qué servicios aplica el descuento?

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Turismo citado en el decreto, los establecimientos que cuenten con Registro de Turismo y Licencia Única Anual de Funcionamiento aplicarán la reducción en los siguientes rubros:

  • Alojamiento y servicios de hospedaje.
  • Alimentos y bebidas (restaurantes, cafeterías y bares regulados).
  • Transporte turístico, incluyendo los pasajes de aerolíneas locales.
  • Operación y guianza turística.
  • Entretenimiento, parques temáticos, balnearios y centros de recreación.
  • Organizadores de eventos, congresos y centros de convenciones.

Controles y aplicación inmediata

La normativa aclara que no se trata de una rebaja general del IVA

para todas las compras comerciales, sino únicamente para los negocios turísticos regulados.

El documento oficial encarga al Servicio de Rentas Internas (SRI) coordinar e implementar las acciones necesarias para asegurar que los establecimientos emitan directamente sus comprobantes de venta con la tarifa reducida del 8% durante los tres días señalados. (I)

Más relacionadas