Correísmo y ADN aprueban ley que eleva a 35 años de cárcel la pena por trata de personas y tráfico de migrantes

Asamblea aprueba por unanimidad ley que eleva a 35 años de cárcel la pena por trata de personas y tráfico de migrantes. Foto: Asamblea Nacional

En una jornada parlamentaria marcada por el consenso técnico sobre las disputas políticas, la Asamblea Nacional dio paso definitivo este martes 20 de octubre de 2026 a la reforma a la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. La moción cerró el segundo debate legislativo alcanzando un total de 144 votos a favor.

La asambleísta de ADN y presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales, Lucía Jaramillo, actuó como ponente de la propuesta. Jaramillo defendió la urgencia de adecuar la normativa ecuatoriana frente a las nuevas y agresivas modalidades de captación que emplean las mafias, incluyendo tácticas digitales y de engaño en plataformas virtuales.

El correísmo destaca el esfuerzo conjunto pero advierte vacíos

Por su parte, la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) sumó orgánicamente la totalidad de sus curules al proyecto. La legisladora correísta Paola Cabezas reconoció públicamente que el texto final supuso un «trabajo incansable» que involucró a expertos y legisladores de todas las tendencias ideológicas.

No obstante, Cabezas matizó que desde la visión del correísmo aún quedan temas pendientes por profundizar, especialmente enfocados en robustecer la inspección y el control laboral en sectores de alta vulnerabilidad como el servicio doméstico, las plantaciones agrícolas y las mineras, donde suelen camuflarse escenarios de servidumbre.

Claves de la nueva normativa penal

El nuevo articulado modifica el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y estipula reformas sustanciales en la persecución del delito:

  • Endurecimiento de penas: Las sanciones penales se incrementan de manera progresiva. La pena máxima privativa de la libertad ascenderá hasta los 35 años de cárcel en los escenarios más graves, como aquellos que provoquen la muerte de la víctima.
  • Nuevos tipos de delitos: Se tipifican e incorporan de forma explícita el matrimonio forzado y la unión de hecho forzada como modalidades criminales punibles en el territorio nacional.
  • Protección digital y denuncias: Se faculta la creación de una línea directa de denuncia digital que operará bajo absoluto anonimato, diseñada para cortar la captación forzosa a través de perfiles falsos en redes sociales.
  • Cumplimiento constitucional: El marco legal actualiza medidas que apuntan a impedir abusos sistémicos de explotación laboral, dando así cumplimiento estricto a dictámenes internacionales y nacionales, como la emblemática sentencia del caso Furukawa emitida por la Corte Constitucional.

Con este paso parlamentario unánime, el proyecto de reformas será enviado de forma inmediata al Ejecutivo para la correspondiente sanción o veto por parte del presidente de la República. (I)

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