Comisión debate borrador de informe para debate del Código del Ambiente

Comisión de Biodiversidad. Foto: Asamblea Nacional

El presidente de la Comisión de Biodiversidad, Carlos Viteri, sobre el proyecto de Código Orgánico del Ambiente subrayó que la normativa sigue siendo perfectible, pues lo que se busca es un cuerpo legal que se ajuste a la realidad del país en esta materia.

En el borrador del informe se resalta que en la socialización del proyecto se receptaron 24 observaciones por escrito, se realizaron 84 comisiones generales, de las cuales 38 son de entidades públicas, 15 de organizaciones sociales y colectivos, 17 académicos y 14 particulares, quienes presentaron sus aportes desde la perspectiva de su formación y experiencia para la construcción de este proyecto.

«Se recuerda que la legislación ambiental data del siglo pasado, a partir de 1970 se dictó la Ley de prevención y control de la contaminación, época de la dictadura militar, donde la gestión ambiental era compartida por varias carteras de Estado, entre ellas Salud y Agricultura. Los comisarios de salud tenían la competencia para sancionar las actividades contaminadoras», agregó.

Además, la Ley de Gestión Ambiental se emitió en 1999, después de la puesta en vigencia de la constitución de 1998. Esta ley establece el sistema descentralizado de gestión ambiental articulado con el Plan Ambiental Nacional que lo debía dictar el Presidente de la República, con el apoyo de un órgano asesor llamado Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable. A partir de la vigencia de la Ley de Gestión Ambiental se incorporan obligaciones de carácter ambiental en leyes que tratan asuntos de minería, hidrocarburos, electricidad, entre otros.

Se precisa que Ecuador, con la promulgación de la Constitución en octubre del 2008, propone un nuevo modelo de desarrollo que busca el “Buen Vivir” o “Sumak Kawsay”, que promueve la relación armónica entre los componentes sociales, económicos, culturales y ambientales, a fin de garantizar una vida digna en un entorno de calidad e identidad sociales.

«El proyecto de Código Ambiental responde a un momento histórico en nuestro país que supera paradigmas de sistemas ineficientes e injustos con altas brechas de inequidad social sin responsabilidad ambiental, es decir, nace de la necesidad urgente de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. Además, sistematizar la dispersa legislación ambiental vigente, lo que ha generado un impacto jurídico negativo», indicó el legislador.

Según Viteri, «el desafío actual inicia con la propuesta de crear y reestructurar la norma ambiental existente, creando un  instrumento jurídico codificado, bajo criterios transversales de: sistematización, jerarquización, actualización, eficacia, eficiencia y coherencia, necesarios para ello, al recordar que la normativa está conformada por 287 artículos, 6 disposiciones generales, 8 disposiciones transitorias, 5 disposiciones reformatorias, 8 disposiciones derogatorias, 1 disposición final y glosario de términos». (I)

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