Veintiún detenidos en Ecuador por presunto delito de minería ilegal

Foto: Archivo

Un total de 21 personas fueron detenidas en la provincia ecuatoriana de El Oro, en el sur del país, por el presunto delito de minería ilegal, informó hoy el Ministerio de Minería en un comunicado.

El operativo, en el que se desarrollaron 16 allanamientos durante la madrugada, estuvo liderado por la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), entidad adscrita al Ministerio de Minería, así como por la Policía Nacional y Fiscalía General del Estado.

«Entre los detenidos se encuentran personas que manejaban a los obreros mineros armados, denominados sableros, que operan en Zaruma y Portovelo, presuntos mineros ilegales e incluso un miembro del Ejército involucrado en este delito«, apuntó.

Según el comunicado, las autoridades tienen identificados a los presuntos cabecillas de las organizaciones «que controlan a los sableros».

«Hemos capturado a una parte y tenemos boletas de captura que se irán ejecutando para el resto de involucrados«, señaló el coronel de la Policía, José Ortiz, quien lideró el operativo.

Ortiz destacó el éxito de la operación y apuntó que continuarán ejecutando investigaciones que deriven en allanamientos para frenar el delito de minería ilegal, que afecta a esa zona del sur del país.

Los delitos contra los recursos mineros son sancionados por los artículos 260 y 261 del Código Orgánico Integral Penal.

El artículo 260 establece que la persona que sin autorización de la autoridad competente, extraiga, explote, explore, aproveche, transforme, transporte, comercialice o almacene recursos mineros, «será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años».

«En caso de minería artesanal será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Si producto de este ilícito se ocasionan daños al ambiente, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años», detalló.

El artículo 261 determina que la persona que, en beneficio propio o de terceros, financie o suministre a cualquier título, maquinaria, equipos, herramientas y en general cualquier instrumento que se utilice para realizar las actividades ilícitas descritas en el artículo anterior, «será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años». EFE

(I)

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