“Tomar a cargo” acciones ajenas

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

Respecto de las compañías de economía mixta que se forman entre entidades públicas y el sector privado para la prestación de nuevos servicios públicos o el mejoramiento de los ya establecidos, hay en la Ley de Compañías una antiquísima norma según la cual, una vez vencido su plazo de duración, “el Estado podrá tomar a su cargo todas las acciones en poder de los particulares, transformando la compañía de economía mixta en una entidad administrativa para el servicio de utilidad pública para el que fue constituida” (art. 317).

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