Asamblea aprueba, en segunda discusión, el primer paquete de impuestos

ARCHIVO / Fotografía: Alberto Romo / Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional ha aprobado, con 93 votos, y en segundo debate, los nuevos impuestos a las bebidas alcohólicas y azucaradas, cigarillos, entre otros, contenidos en el proyecto de Ley para el Equilibrio de las Finanzas Públicas. El proyecto tuvo 29 votos en contra y tres abstenciones.

Virgilio Hernández, presidente de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, dijo que se ha acogido una buena parte de las sugerencias de la sociedad civil.

La ley pone un Impuesto a los Consumos Especiales, ICE de 15% para las empresas en los servicios de telefonía fija y móvil. Los call centers tendrán una deducción adicional para el Impuesto a la Renta por los pagos efectuados por ICE generados en los servicios de telefonía.

Las bebidas gasesas y energizantes y otras bebidas azucaradas con un contenido mayor a 25 gramos de azúcar por litro pagarán un impuesto de $ 0,17 por litro. Se excluye a las bebidas endulzadas con edulcorantes; y jugos que tengan más del 50 % de frutas. Están exentas del impuesto las bebidas lácteas, sus derivados y el agua mineral.

En el caso de las bebidas alcohólicas, se incrementa el ICE para la cerveza industrial. De $ 7,24 por litro de alcohol puro a $ 12, con lo que se equipara la carga tributaria con otros licores. Cervezas artesanales y aguardiente artesanal mantienen el régimen actual de $ 7,24 por litro de alcohol puro».

En lo que tiene que ver con los cigarrillos se establece 16 centavos por unidad.

Según Hernández, uno de los principales cambios introducidos es la creación de un Comité de Política Tributaria sea quien fije los límites en los incentivos por la utilización de tarjetas de crédito y dinero electrónico. En un inicio se hablaba de hasta 5.000 dólares.

En el caso de las personas con discapacidad, en el actual proyecto se contempla que si no se beneficia de la exoneración del Impuesto a la Renta, podrá hacerlo el sustituto. También se amplió el beneficio para que puedan solicitar la devolución del IVA y el ICE en la adquisición local de vehículos para personas con discapacidades.

Se modificó el valor máximo de dinero que una persona puede sacar, sin pagar el impuesto a la salida de capitales, cuando viaja fuera del país. Será de 1.098 dólares por persona y por cada menor de edad que salga aumenta $ 366. «Se exonera a las personas que porten o transfieran cantidades equivalentes a sus costos de educación; a los estudiantes y a las personas con enfermedades catastróficas por un monto de hasta el 50 % del valor de una fracción básica gravada con tarifa 0 % del Impuesto a la Renta (la mitad de $ 11.170)».

Se señala la obligación para que cada tres meses el Banco Central del Ecuador informe sobre la cantidad de dinero electrónico en circulación y se fija el plazo para que el Servicio de Rentas Internas y el BCE en máximo cuatro meses adecuen sus sistemas informáticos para entrar en el nuevo mecanismo.

Hasta que los partícipes de las transacciones comerciales implementen los mecanismos en línea que le permitan al SRI identificar las transacciones con tarifa 0 y 12% de IVA en cada comprobante de venta, la devolución automática del IVA podrá realizarse por medio de métodos directos.

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