Gobierno peruano endurece penas contra el crimen organizado

Pedro Pablo Kuczynski

Lima (EFE).- El Gobierno de Perú promulgó hoy un decreto legislativo que endurece las penas para delitos del crimen organizado y tenencia ilegal de armas, y además prohibió los beneficios penitenciarios para los sicarios.

Como parte de las facultades legislativas dadas por el Congreso al Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, el Ejecutivo aprobó las normas para combatir la inseguridad ciudadana en el país, señalada por la opinión pública como el principal problema en la sociedad.

El decreto legislativo 1244, publicado en el diario oficial El Peruano, modificó los artículos 279 y 317 del Código Penal para precisar que las penas para quienes fabrican, suministran o poseen explosivos o sus insumos sean no menores de seis años y ni mayores de 15 años de prisión.

Asimismo, el que transforma o transporta, sin estar autorizado, materiales y residuos peligrosos que exponga la vida de otras personas o el medio ambiente será sancionado con la misma pena.

Las sanciones para quien promueva, organice, constituya o integre una organización criminal de tres a más personas serán de ocho a 15 años de cárcel, además de 180 a 365 días multa, y los jefes o financistas de esos grupos recibirán de 15 a 20 años de cárcel.

Los integrantes de una banda que causan la muerte o lesiones graves durante su accionar serán castigados con entre 15 y 20 años de prisión.

Las penas para el responsable de fabricar, comercializar, prestar, alquilar, facilitar o portar armas sin autorización serán de 6 a 10 años, y no menor de 8 ni mayor de 12 años cuando las armas son propiedad del Estado.

Si el infractor es integrante de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o Instituto Nacional Penitenciario, la sanción será no menor de 10 años ni mayor de 15, indicó el decreto.

La persona que trafique armas de fuego artesanales o materiales destinados para su fabricación será castigada con una pena no menor de 6 ni mayor de 15 años de cárcel.

Estas sanciones serán aplicables para los delitos de homicidio calificado, sicariato, conspiración y ofrecimiento para el delito de sicariato, secuestro, trata de personas, violación del secreto de las comunicaciones, delitos contra el patrimonio, pornografía infantil, extorsión, tráfico ilícito de drogas, reglaje, lavado de activos, entre otros.

En el caso de los sicarios, contratados para cometer homicidio, no podrán acceder a los beneficios penitenciarios de la redención de la pena por el trabajo y la educación, semilibertad y liberación condicional, de acuerdo a la prohibición incluida en la nueva norma.

El ministro del Interior, Carlos Basombrío, explicó el viernes que «también se incluye a la organización criminal, es decir, la posibilidad de que los delincuentes que sean detenidos planeando actos criminales puedan ser sancionados con una pena severa. En la actualidad, solo es tentativa de delito y la pena es muy baja».

A su turno, la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, declaró que el Ejecutivo ha empezado con el crimen organizado, pero que posteriormente presentarán un paquete legislativo referido al feminicidio y las lesiones graves. EFE (I)

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