Multa de 1.970 dólares por comercializar cráneo y pieles animales en Ecuador

Imagen tomada de la cuenta de Twitter del Ministerio de Ambiente.

Una mujer deberá pagar 1.970 dólares de multa por comercializar un cráneo y pieles de animales silvestres en Ecuador, informó este martes el Ministerio de Ambiente del país andino.

Según la Unidad Jurídica de la Dirección Provincial del Ambiente de la provincia de Orellana, se trató de un cráneo y una corona de piel de venado colorado (Mazama americana), así como de ocho coronas elaboradas con piel de tigrillo (Leopardus sp).

Los elementos decomisados en un operativo realizado en junio de 2018 permanecerán en custodia de la Dirección Provincial y se utilizarán en charlas de educación ambiental en establecimientos educativos, indicó Diego Naranjo, técnico responsable del área de Vida Silvestre del Ministerio del Ambiente en Orellana (este).

El Ministerio recordó en un comunicado que uno de los principales delitos contra la biodiversidad en la Amazonía es la comercialización de especímenes o partes como plumas, dientes, cráneos, colmillos o pieles en mercados clandestinos.

Por otra parte, el Ministerio informó de que en el marco de la campaña nacional «Tradición y Conservación van de la mano», decomisó junto a la Policía Nacional, 1.616 kilos de palma de cera en más de 150 operativos realizados el pasado fin de semana en todo el país.

Detalló que se retiraron de los lugares de comercialización 3.181 artesanías elaboradas con palma de cera.

En total, 2.000 funcionarios, guardaparques y miembros de la Unidad de Protección del Medio Ambiente recorrieron plazas, mercados, iglesias y ferias libres.

En la provincia del Chimborazo se realizó el mayor incautación de este año con 1.173,81 kilos decomisados en las parroquias Cañi y Juan de Velasco, pertenecientes al cantón Colta, en los sectores de Trigoloma, El Olivo, Jesús del Gran Poder, del cantón Pallatanga y en cuatro Iglesias de Riobamba.

El ministro del Ambiente, Marcelo Mata, señaló que «se iniciarán los procesos administrativos correspondientes contra aquellos ciudadanos que utilizaron o intentaron comercializar palma de cera».

Y recordó que el Código Orgánico Ambiental determina una sanción de hasta 4.000 dólares por la «infracción muy grave», mientras que en el artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal sanciona los delitos contra la flora y fauna silvestres con pena privativa de libertad de uno a tres años.

De acuerdo al Ministerio, la palma de cera cumple varias funciones ecológicas para los osos de anteojos, loros, tucanes, roedores e insectos, pues es su fuente de alimento. EFE

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