Constitucional dictamina que nuevo CPCCS no podrá revisar actuación de transitorios

Quito, 8 de mayo de 2019. Pleno del CPCCS ratifican al contralor Pablo Celi APIFOTO / DANIEL MOLINEROS

La Corte Constitucional (CC) ha resuelto mediante un dictamen interpretativo que los nuevos consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) no podrán “revisar” las decisiones tomadas por los vocales del Consejo Transitorio, presidido por Julio César Trujillo.

El dictamen, emitido el 7 de mayo, y sustanciado por la jueza constitucional Teresa Nuques, resolvió una consulta que había planteado el mismo Trujillo. Y se basa en el argumento de que los nuevos vocales del CPCCS no “ostentan” las competencias extraordinarias del régimen de transición, y por tanto no pueden revisar las decisiones de sus antecesores.

El dictamen resuelve que una vez que fenezca el régimen de transición, el próximo 14 de mayo, el nuevo pleno deberá acatar lo que contempla la Constitución en su artículo 208, sobre la designación de autoridades del Estado.

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