Cantinfleo legislativo

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Legisladores del correísmo (Juan Lloret, Pabel Muñoz, Gabriela Rivadeneira, Soledad Buendía, los más notorios) han planteado una fórmula para que el Legislativo saque la pata de la burrada de la Ley de Adultos Mayores, en la que se dice derogar de un plumazo todas las reformas tributarias de diciembre de 2014 y abril de 2016.

Plantean aquellos ocurridos asambleístas que se “interprete” que las frases (textuales) “Deróguese la Ley sin número, publicada en el Registro Oficial No. 405 de 29 de diciembre de 2014” (es decir toda la Ley de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal) y “Deróguese la Ley sin número, publicada en el Registro Oficial No. 744 de 29 de abril de 2016” (es decir toda la Ley para el Equilibrio de las Finanzas Públicas), en verdad solo significan que se derogó un artículo de los muchísimos de la primera (el 47), y un artículo de los muchísimos de la segunda (el 5).

Los artículos 47 y 5 son los que, en las leyes totalmente derogadas, reformaban normas específicas de la antigua Ley del Anciano, que también fue derogada, totalmente, por la misma Ley de Adultos Mayores, de modo que la jugarreta supuestamente “interpretativa” cae por su peso: si la Ley del Anciano ya fue derogada del todo no hay para qué “aclarar” que también han sido derogadas unas de sus partes (las reformas hechas por los citados artículos 47 y 5).

La pirueta no es inocente. Las leyes interpretativas, como aclaran el significado de la ley interpretada, tienen efecto retroactivo. Lo que se pretende entonces con la forzada “interpretación” es simular que la derogatoria de la totalidad de aquellas reformas tributarias jamás se produjo, cuando en verdad cualquier resucitación de impuestos requiere de nueva ley y solo rige desde que se la dicte. En materia tributaria la irretroactividad es de rango constitucional (art. 300).

Además, así sea con avivata “interpretación” el proyecto tendría que ser propuesto por el Ejecutivo. La Constitución (art. 301) reserva a su iniciativa el establecimiento de impuestos. Revivir lo derogado tiene esa naturaleza.

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