El juez Ángel Eduardo Torres, del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) anuló la cancelación del movimiento político Adelante Ecuatoriano Adelante, del candidato Álvaro Noboa, que había impuesto el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), al no haber cumplido el porcentaje mínimo de votos en dos elecciones consecutivas.
La decisión es apelable ante el pleno del Contencioso Electoral.
Torres anuló las cinco resoluciones del Pleno del CNE, expedidas desde el 4 de junio al 10 de agosto, en referencia a la legalidad jurídica de Adelante Ecuatoriano Adelante por “no haber contado con los medios adecuados para ejercer el derecho a la defensa».
“El CNE adoptará las medidas administrativas necesarias para que el Partido Adelante Ecuatoriano Adelante, lista 7, realice sus procesos de democracia interna, previo a la presentación de sus candidatos para las elecciones generales de 2021″, decreta la resolución de Torres.
La decisión de anular el partido se tomó con el voto dirimente de la presidenta del CNE, Diana Atamaint, en una sesión virtual del 30 de julio de 2020, al considerar que dicho partido no cumplió los requisitos que el Código de la Democracia establece para poder seguir existiendo: obtener el 4% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a escala nacional. Por lo menos, tres asambleístas, 18 alcaldes, un concejal.
Adelante Ecuatoriano Adelante no consiguió asambleístas en 2017, y no llegó al mínimo de alcaldías y concejalías en 2019. Tampoco logró el porcentaje de votos necesarios.
El 20 de julio de 2020, Álvaro Noboa, de 70 años, anunció que se postularía por sexta vez a la Presidencia de la República, después de haberlo hecho en 1998, 2002, 2006, 2009 y 2013.