Asambleísta de Pachakutik dice que informe contra Lasso cambió a último momento

El legislador de Pachakutik, Edgar Quezada, que perteneció a la Comisión de Garantías Constitucionales, afirma que el informe sobre los papales de Pandora fue cambiado a último momento antes de ser aprobado. De acuerdo al asambleísta de Sucumbios, el texto original no sugería que el presidente Guillermo Lasso incumplió con el pacto ético definido por consulta popular en 2017.

Según informa El Universo, Quezada se desmarcó del documento días después de haber votado por su aprobación. El legislador sostiene que la Comisión nunca consideró incluir en el informe un supuesto incumplimiento del pacto ético por parte del presidente, que sí figura en el documento final. En declaraciones a la prensa, Quezada afirmó que los cambios fueron realizados a último segundo por el presidente de la Comisión, José Cabascango (Pachakutik), sin notificar al resto de legisladores.

Quezada sostiene que el documento original recomendaba que el pleno de la Asamblea Nacional tome decisiones en base a los descubrimientos de la Comisión. Esto se debe a que, de acuerdo al asambleísta, no hay ningún documento que pueda probar por sí solo que el presidente Lasso haya incumplido con el pacto ético.

Críticas dentro de la Asamblea

Varios nombres dentro de la Asamblea Nacional han cuestionado el documento producido por la Comisión de Garantías Constitucionales. Miembros del partido oficialista CREO concordaron con la versión del Ejecutivo, que aseguró que el informe fue creado como parte de una conspiración «golpista».

Asambleístas de otros partidos expresaron opiniones similares. «Claro que quieren desestabilizar, no solo al presidente, sino al gobierno«, dijo Jorge Abedrabbo del Partido Social Cristiano. En una entrevista realizada al medio NotiMundo, Abedrabbo afirmó que el informe no tiene argumentos técnicos para sugerir cualquier criminalidad por parte del presidente.

César Rohón, de Izquierda Democrática, dijo que el objetivo del informe es «destituir al Presidente de la República y la Asamblea Nacional no puede prestarse para ello». (I)

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