Jueces de “garantías jurisdiccionales”

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

El pasado 15 de diciembre la asambleísta Johanna Moreira (ID, El Oro) presentó un proyecto de ley en el que propone que los procesos judiciales que se inician para activar las llamadas “garantías jurisdiccionales” (como la acción de protección, ‘habeas data’, ‘habeas corpus’ o acceso a la información) sean conocidos, tanto en primera como en segunda instancia, por jueces que solo se dediquen a esas materias (arts. 9 y 14, y disposición reformatoria única).

Es plausible. Veamos al menos dos motivos.

Primero, porque la dedicación exclusiva -si bien no es garantía de excelencia- sí permite que tanto en la primera como en la segunda instancia los jueces se vayan concentrando en la atención más especializada de los asuntos a su cargo, que en el caso de las “garantías jurisdiccionales” son generalmente de índole constitucional. Hoy, en cambio, esa clase de procesos pueden ser conocidos por cualquier juez (penal, de lo civil, de lo laboral, etc.), que no solo resulta distraído de sus funciones específicas, sino que no necesariamente cuenta ni con formación ni con experiencia para hacerlo, digamos, decentemente. Los ejemplos abundan.

Segundo, porque dado que la Constitución establece (art. 86, 2º) que para esos procesos tengan competencia los jueces “del lugar en el que se origina el acto o la omisión o donde se producen sus efectos”, el proyecto plantea que, para la primera instancia, los jueces especializados puedan incluso tener competencia provincial (y no solo cantonal), con lo que se pudiera limitar los abusos que siguen dándose, por ejemplo con acciones de protección planteadas -con el pretexto de que los efectos del acto son dizque nacionales- en ciudades pequeñas (donde hay un solo juez, multINcompetente), fraudulenta práctica que encubre que lo que se busca en verdad es encontrar jueces no especializados en la materia sino en vender sus “fallos”. De esto también hay ejemplos abundantes y hasta poblaciones predilectas.

En fin. Una buena idea que, a diferencia de otros proyectos de ley presentados por diversos asambleístas, sí merece ser aprobada.

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