Conceden medidas cautelares en favor de Guadalupe Llori

La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, el 5 de abril de 2022. Foto de la cuenta de Twitter de la Asamblea Nacional.

Un tribunal de la Corte de Pichincha, integrado por los jueces Julio César Obando, Olga Ruíz y Mabel Tapia admitieron las medidas cautelares pedidas por la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, presidenta de la Asamblea Nacional, y ordenaron que el pleno del Legislativo se abstenga de conocer, debatir y resolver el pedido del proyecto de resolución para la creación de la comisión ad hoc pluripartidista para investigar las actuaciones del Consejo de Administración Legislativa (CAL).

Según Llori, el objetivo de tal petición era destituirla.

La decisión se dio a conocer la mañana de este martes, en momentos en que el Parlamento se aprestaba a iniciar la sesión plenaria número 770.

El Tribunal declaró la existencia de amenaza de vulneración de los derechos constitucionales contemplados en los artículos 75, 76 y 82 de la Constitución, que entre otras cosas hablan de que el derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.

También que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá garantías básicas como que corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.

El legislador @FaustoJarrinT manifiesta que se abstiene de presentar la moción de cambio de orden del día, para tratar la conformación de la #ComisiónPluripartidista, en consideración a las medidas cautelares aceptadas por la instancia correspondiente.

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