Roberto Romero advierte al presidente de la Asamblea sobre su posesión como ‘Super’ de Bancos

Roberto Romero Von Buchwald envió una carta al presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, en la que le advierte que él está legalmente designado como Superintendente de Bancos y lo conmina a posesionarlo en el cargo, como dispone la Constitución.

La carta de Romero Von Buchwald llega al titular del Legislativo después de que los nuevos integrantes del Consejo de Participación Ciudadana decidieran echar abajo lo decidido por los anteriores vocales, que fueron destituidos por la Corte Constitucional por no nombrar a tiempo al presidente del Consejo de la Judicatura.

Romero explica que los nuevos vocales no tienen atribución de desconocer lo ya resuelto en procesos de selección que concluyeron con la designación de autoridades.

«Tras la declaratoria de nulidad de pleno derecho con sentencia ejecutoriada respecto del proceso de designación del Ing. Raúl González como máxima autoridad de dicha entidad (la Superintendencia de Bancos), se han producidos varios eventos con repercusiones legales y jurídicas», le dice Romero a Saquicela.

¿El Cpccs ratificará a Raúl González en la Superintendencia de Bancos?

El nuevo Consejo de Participación pretende desconocer lo que hizo el anterior, lo que no cabe, insiste Romero, citando la sentencia de segunda instancia que dejó sin la restitución de los consejeros y en la que se aclara, con fecha 10 de marzo de 2023, que la nulidad declarada es para las actuaciones del juez de primer nivel y no para las actuaciones efectuadas por los ex consejeros durante la vigencia de la medida cautelar y durante la sentencia de primera instancia».

Dicha aclaración se basó además en la ratificación de los cargos efectuado por la Corte Constitucional durante la verificación de cumplimiento de sentencia dentro del proceso 1219-22- EP.

También hace constar el pronunciamiento vinculante de la Procuraduría General del Estado, que textualmente indica en su análisis «…los actos de designación de autoridades que el CPCCS emite, están excluidos de la potestad de revision atribuida a la administración pública, pues, si la ley atribuyera competencia al órgano administrativo para que, en forma unilateral, pueda declararlos nulos e ineficaces, vaciaria de contenido al derecho de participación ejercido, lo que significaria una contradicción con el rol de garante que la Constitución le asigna».

En conclusión, sostiene Romero, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social no puede, a través de la aplicación de la figura de la auto tutela administrativa, recogida en el Código Orgánico Administrativo o bajo ninguna otra figura legal, revisar los actos administrativos aprobados dentro de los procesos de designación de autoridades, sean estas designaciones temporales o definitivas.

Esto para asegurar el principio de seguridad jurídica, de situaciones jurídicas consolidadas, y la responsabilidad que la Constitución ordena al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social como institución respecto a sus decisiones.

Romero amenaza a Saquicela

Con esto expuesto, Romero le hace notar a Saquicela que, conforme al pronunciamiento vinculante de la Procuraduria General del Estado y la sentencia ejecutoriada de segunda instancia constitucional, «se desprende que los actos de designación de autoridades emitidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social gozan de legalidad y legitimidad», entre ellas la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-050-E-2022-1155 02-12-2022 del 2 de diciembre de 2022, en la cual lo designaron como Superintendente.

Romero espera que Saquicela, como titular de la Asamblea, haga cumplir el rol que le cabe y lo posesione, porque de otra forma le tocaría acudir a la justicia para exigir el reconocimiento de sus derechos constitucionales, como el de la seguridad jurídica, entre otros.

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