
Con 81 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional, en Quito, aprobó este jueves, 7 de agosto, en segundo debate una reforma parcial a los artículos 110 y 115 de la Constitución para eliminar el financiamiento estatal destinado a las organizaciones políticas y a la publicidad electoral.
Esteban Torres, presidente oficialista de Comisión Especializada Ocasional y responsable del informe, señaló que, desde 2008 se han destinado 263 millones de dólares a fondos partidarios y a la financiación de la propaganda electoral.
Cuestionó la utilidad de este gasto preguntando si realmente ha contribuido a fortalecer la democracia o mejorar la calidad de los partidos políticos.
Torres explicó que el Parlamento hizo un análisis histórico desde la Constitución de 1945 que estableció el Tribunal Supremo Electoral como autoridad electoral hasta la Carta Magna de 2008 y el Código de la Democracia.
Concluyó que los recursos entregados a los partidos no han tenido un impacto positivo, y que más bien han beneficiado a ciertos políticos, no al sistema democrático en general.
La reforma plantea sustituir el índice 110 de la Constitución por el siguiente texto: «Art. 110. Los partidos y movimientos políticos se financiarán con aportes de sus afiliados y simpatizantes».
«Los movimientos que logren al menos el 5% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a nivel nacional, tendrán los mismos derechos y deberes que los partidos políticos», agregó.
Respaldo de parlamentarios
- Rosa Alegría Torres Cadena (ADN7)
- Milton Javier Aguas Flores (ADN7)
- Andrés Felipe Castillo Maldonado (ADN7)
- Alex Steven Morán Galarza (ADN7)
- Carlos Steve Villacrés Salazar (ADN7)
- Luis Esteban Torres Cobo (ADN7)
- María Paula Villacreses Herrera (ADN7)
- Katherine Alexandra Pacheco Machuca (ADN7)
- Johnny Alfredo Lavayen Tamayo (ADN7)
- Mario Amado Zambrano Vera (ADN7)
- Juan José Reyes Baquerizo (ADN7)
- José Luis Nango Cuji (PK18)
- María del Cisne Molina Coro (ADN7)
- Niels Anthonez Olsen Peet (ADN7)
- Inés Margarita Alarcón Bueno (ADN7)
- Lenin Alejandro Lara Pérez (ADN7)
- Keevin Fernando Gallardo Ruiz (ADN7)
- Gema Karolina Dueñas Palma (ADN7)
- María Besibell Mendoza Ibarra (ADN7)
- Ferdinan Arturo Álvarez Zambrano (ADN7)
- María Cristina Acuña Vaca (ADN7)
- Elizabeth Juliette Vega Segura (ADN7)
- Valentina Centeno Arteaga (ADN7)
- Dominique Elian Serrano Molina (ADN7)
- José Fernando Nantipia Chumpi (PK18)
- Paola Michael Jaramillo Zurita (ADN7)
- Erwin Eduardo Mendoza Palma (ADN7)
- Pablo Aníbal Jurado Moreno (Independiente)
- Christopher Manuel Jaramillo Gómez (ADN7)
- Edmundo Jorge Cerda Tapuy (PK18)
- Esperanza del Cisne Rogel (ADN7)
- Fabiola Maribel Sanmartín Parra (ADN7)
- Marco Patricio Olmedo Arias (ADN7)
- Hernán Patricio Zapata Rojas (ADN7)
- Marjorie Lorena Rosado Sánchez (ADN7)
- Lourdes Nataly Morillo Solórzano (ADN7)
- John Édison Polanco Lara (ADN7)
- Johnny Enrique Terán Barragán (PSC6)
- Eckenner Reader Recalde Álava (ADN7)
- Samuel Elías Celleri Gómez (Exsocial cristiano – Independiente)
- Adrián Ernesto Castro Piedra (ADN7)
- Lucía Lizbeth Jaramillo Zurita (ADN7)
- Jorge Fabricio Tamayo Triviño (ADN7)
- Roberto Fernando Jaramillo Martínez (ADN7)
- Ana Belén Tapia Vallejo (ADN7)
- Jorge Luis Guevara Benavídez (ADN7)
- Doménica Carolina Escobar Galarza (ADN7)
- Marcelo Andrés Guschmer Tamariz (ADN7)
- Jadira del Rosario Bayas Uriarte (ADN7)
- Diana Angélica Jácome Silva (ADN7)
- Nuvia Rocío Vega Morillo (ADN7)
- Henry Saúl Bósquez Villena (ADN7)
- Anelisse Josebeth Jaramillo Rodríguez (ADN7)
- Luis Fernando Jácome Mejía (ADN7)
- Diego Martín Franco Hanze (ADN7)
- Camila León Cueva (ADN7)
- Edwin Estuardo Jarrín Rivadeneira (Independiente)
- Sade Rashel Fritschi Naranjo (ADN7)
- Mónica de Jesús Salazar Hidalgo (Excorreísta – Independiente)
- Isaac Vladimir Solano Calle (ADN7)
- Otto Santiago Vera Palacios (PSC6)
- Mishel Andrea Mancheno Dávila (ADN7)
- Brígida Lucía Pozo Moreta (ADN7)
- Camila Anahi Cueva Toro (ADN7)
- Graciela Janeth Ramírez Chalán (ADN7)
- Diana Patricia Blacio Carrión (ADN7)
- Mauricio Ordóñez (Asambleísta alterno de ADN7)
- Janina Jadira Rizzo Alvear (ADN7)
- Anthony Sebastián Becerra Contreras (ADN7)
- Naila Victoria Quintana Tapia (ADN7)
- Manuel de Jesús Blacio Castillo (ADN7)
- Francisco Andrés Cevallos Macías (ADN7)
- Jorge Enrique Chamba Cabanilla (ADN7)
- Nathaly Estefanía Farinango Delgado (ADN7)
- Saadin Alfredo Serrano Valladares (PSC6)
- Annabella Emma Azín Arce (ADN7)
- Steven Leonardo Ordóñez Bravo (Independiente)
- Jahaira Urresta (Excorreísta – Independiente)
- Carlos Vargas (Excorreísta – Independiente)
- Sergio Peña (Excorreísta – Independiente)
- David Arias (Excorreísta – Independiente)
Cambios en propaganda electoral
En cuanto al apartado 115, se propone lo siguiente: «Art. 115. El Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará la promoción electoral de manera equitativa y justa, fomentando el debate».
«Se prohíbe el uso de recursos e infraestructura estatal, así como de la publicidad oficial, en todos los niveles de gobierno para fines de campaña electoral», señaló.
«La ley establecerá sanciones para quienes incumplan estas normas y definirá mecanismos de control del gasto y la propaganda electoral», precisó.
Durante el debate, en el que participaron 18 parlamentarios, varios expresaron su apoyo a la propuesta, considerando que evita el uso indebido de fondos públicos por parte de candidatos sin respaldo significativo.
Otros, en cambio, defendieron los artículos actuales, argumentando que garantizan igualdad de condiciones para todos los ciudadanos en los procesos electorales.
Finalmente, es importante mencionar que, conforme al artículo 442 de la Constitución, esta reforma debe someterse a referéndum, por lo que será la ciudadanía la que tendrá la última palabra.
CC decide
A medida que aumenta la tensión entre el gobierno y la Corte Constitucional (CC), el Ejecutivo sigue dependiendo de esta instancia para avanzar con las preguntas planteadas para la consulta popular prevista tentativamente para el próximo domingo, 14 de diciembre.
Aún quedan varios pasos antes de que esta propuesta se someta a votación popular. Torres explicó que, tras la aprobación legislativa, la pregunta y sus anexos deben ser devueltos a la CC.
La reforma incluyó una interrogante con su respectivo anexo que plantea lo siguiente: En la actualidad, la Constitución del Ecuador establece que el Estado debe entregar fondos públicos a partidos y movimientos políticos.
La pregunta 2 es: «¿Está usted de acuerdo con eliminar esta obligación estatal de entregar recursos del Presupuesto General a las organizaciones políticas, mediante una reforma parcial de la Constitución, según lo establecido en el anexo?»
Una vez que el Legislativo envíe el texto a la Corte, esta deberá asignar por sorteo al juez que elaborará el dictamen sobre la constitucionalidad de la propuesta legislativa.
Todo un proceso
Luego de que el juez asuma el caso, la CC tiene un plazo de 20 días para pronunciarse, conforme lo establece la Ley de Garantías Jurisdiccionales.
Si la Corte aprueba la pregunta y el anexo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) será notificado y contará con 15 días para convocar oficialmente a la consulta popular, la cual deberá realizarse dentro de un plazo máximo de dos meses.
Un proceso similar debe seguir la propuesta de reforma que busca eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano. Esta cuestión está siendo analizada desde el pasado martes, 29 de julio, por la jueza Alejandra Cárdenas.
El presidente reelecto, Daniel Noboa, ha anunciado que la consulta popular se realizará el 14 de diciembre de 2025. Además de las preguntas sobre bases militares y financiamiento político, se incluirán cinco cuestiones adicionales.
Para cumplir con el cronograma, la CC deberá emitir todos los dictámenes sobre las preguntas planteadas a más tardar a mediados de septiembre.
Nota por: David Josue Quispe Franco.
