La Corte Constitucional de Ecuador declaró este martes que los cuatro menores afrodescendientes detenidos y asesinados por militares en 2024 en el sector de Las Malvinas, en el sur de Guayaquil, fueron víctimas de desaparición forzada.
Por ello, el organismo ordenó al Estado que emita disculpas públicas, entre otras medidas de reparación a los familiares de los jóvenes fallecidos.
La decisión de la Corte se puede leer siguiendo este enlace.
El caso ‘Las Malvinas’
El alto tribunal emitió esta decisión al aceptar una acción extraordinaria de protección presentada por los padres y madres de Ismael y Josué Arroyo, de 15 y 14 años, quienes junto a sus amigos Nehemías Arboleda, de 15, y Steven Medina, de 11, fueron detenidos de manera irregular en la noche del 8 de diciembre de 2024 por dos patrullas militares en los exteriores de un centro comercial del sur de Guayaquil, cerca del barrio Las Malvinas, donde ellos vivían.
Posteriormente, los soldados los trasladaron hacia Taura, donde los golpearon y torturaron. Los militares obligaron a los niños a desnudarse y los abandonaron. Sus restos calcinados fueron encontrados varios días después en una zona de manglar cercana y la autopsia determinó la existencia de impactos de bala en, al menos, tres de las víctimas.
Proceso legal
El pasado 22 de diciembre, un tribunal penal declaró culpables a dieciséis de diecisiete militares procesados.
Once de los soldados fueron condenados a 34 años y ocho meses de prisión; otros cinco a treinta meses, por haber colaborado con la investigación; y un teniente coronel que estaba imputado como cómplice fue absuelto de los cargos.
Sin embargo, en diciembre de 2024 una jueza aceptó un hábeas corpus interpuesto por las familias de los menores y declaró su desaparición forzada, así como la vulneración de sus derechos a la vida, a la integridad personal, al interés superior del niño, a la supervivencia, entre otros.
La decisión fue apelada por el Gobierno y un tribunal la revocó meses después, por lo que los familiares acudieron a la Corte Constitucional.
La sentencia actual
En la sentencia publicada este martes, los jueces determinaron que las autoridades judiciales vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, «al no analizar de manera integral la detención denunciada ni responder a las pretensiones relevantes planteadas por los accionantes», por lo que dejaron sin efecto ese fallo.
Además, concluyeron que los niños fueron privados de la libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares y que el Estado no proporcionó información inmediata, satisfactoria ni convincente sobre su aprehensión ni sobre su paradero.
La Corte recordó que, en contextos de seguridad o de estados de excepción, como los que rigen en algunas zonas de Ecuador desde 2024, cuando el presidente Daniel Noboa declaró un ‘conflicto armado interno’ contra las bandas criminales, «los derechos a la vida y a la integridad personal no pueden suspenderse», por lo que «las actuaciones de los agentes estatales deben desarrollarse con estricto respeto a la Constitución».
Disculpas
Los jueces de la Corte Constitucional emitieron una serie de disposiciones al Estado, que servirán como reparación a las víctimas. Estas incluyen las siguientes medidas:
- Disculpas públicas a cargo del Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, quien deberá leer un texto redactado por el tribunal. La disculpa deberá mencionar que «el Estado no protegió a Josué, Ismael, Steven y Nehemías, como era su obligación» y que las «Fuerzas Armadas incumplieron su principal función: proteger los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos».
- La incorporación de un espacio dedicado a los ‘4 de las Malvinas’ en el Museo de la Memoria.
- La rehabilitación del parque «Los cuatro niños de Las Malvinas» ubicado en el sur de Guayaquil. Esta labor estaría a cargo de las autoridades locales.
- La disposición del 8 de diciembre como día conmemorativo en memoria de los niños fallecidos.
- Indemnizaciones para las víctimas equivalentes a 10.000 dólares a los padres de las víctimas y 5.000 dólares «de forma global por núcleo familiar».
La Corte también estableció plazos específicos para que las autoridades cumplan con las obligaciones. (I)
- Con textos de EFE.

