Las criptomonedas no están autorizadas en Ecuador

En el 2017 el Banco Central del Ecuador publicó en su página un comunicado señalando que el Bitcoin no es un medio de pago autorizado para uso en el Ecuador, conforme a lo establecido en el Art. 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero. Dicho artículo menciona que:» Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América… corresponden exclusivamente al Banco Central del Ecuador, de acuerdo con las disposiciones de este Código y con la regulación que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera«

Aunque más reciente La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera anuncio el 9 de febrero del 2018, por medio del Ministerio de Economía y Finanzas, que cualquier tipo de transacción que involucre criptomonedas esta prohibida en el Ecuador. El artículo 98 inciso 3 del Código Orgánico Monetario y Financiero dice que:»  La circulación y recepción de moneda y dinero no autorizados por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, esta prohibido», en el caso en que se incumpla la ley se sancionara conforme lo dispone el Código Orgánico Integral Penal y con el comiso de dicha moneda y dinero y de los productos adquiridos con esta moneda o dinero.

Las criptomonedas y el uso que se les da no están manejadas por el Estado, además según el Estado Ecuatoriano estas acciones se hacen con la finalidad de proteger el dinero de los ecuatorianos.

La siguiente es la carta que se mando este 9 de febrero:

  • Con información de El Ministerio de Economía y Finanzas

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