Asamblea aprueba proyecto de Ley de Prevención Integral de Drogas

Foto: Asamblea Nacional/Flickr

Con 92 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional, aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización.

La norma aborda la problemática desde una perspectiva integradora, que reconozca los enfoques y realidades nacionales y amplíe la ubicación del fenómeno de las drogas en el contexto socioeconómico de orden estructural que incorporan para su tratamiento factores causales como el desarrollo que sustenta la paz y la seguridad.

El proyecto contempla como mecanismos fundamentales acciones para la prevención del uso y consumo de drogas; el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e inclusión social; y, reducción de riesgos y daños.

Enfrenta el fenómeno socioeconómico de las drogas precautelando los derechos humanos; promueve la cultura de paz y seguridad ciudadana dentro del marco del buen vivir; las acciones de reducción de riesgos y daño contarán con información técnica oportuna que promueva una educación integral.

Los centros terapéuticos contarán con profesionales especializados, protocolos de buenas prácticas y programas de atención; en el caso de personas mayores de edad el tratamiento será voluntario, salvo los casos previstos en la ley. Las personas no podrán ser discriminadas, estigmatizadas por su condición de usuarias o consumidoras de cualquier tipo de droga.

Establece la obligación del Estado de prestar servicios de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a consumidores ocasionales, habituales y problemáticos de drogas e implementar programas direccionados prioritariamente hacia mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Atañe directamente a los sistemas nacionales en los campos de la salud, educativo, laboral, comunitario-familiar, recreativo – deportivo, cultural, comunicacional y de información.

La norma modifica el Código Orgánico Integral Penal, -que es el cuerpo normativo que regula la materia punitiva y persecutoria de las conductas que por su tipicidad constituyen delitos por la producción o tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan- a fin de endurecer las penas previstas para la mínima y mediana escala, y combatir eficazmente el microtráfico, evitando que se convierta en una problemática social de proporciones, para lo cual se requiere la adopción medidas urgentes de carácter legislativo que posibiliten la prisión preventiva, a fin de asegurar la comparecencia de la persona procesada y el cumplimiento de la pena.

El documento contiene 43 artículos, 9 disposiciones generales, 17 transitorias, 3 reformatorias, 4 derogatorias y 1 disposición final en la que se establece que la Ley entraría en vigencia después de 90 días a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Para William Garzón, presidente de la Comisión del Derecho a la Salud y ponente del proyecto, esta norma permitirá rediseñar el rumbo de la política antidrogas y construir la sociedad que todos queremos, en la que la salud de sus habitantes sea, como ha sido, el eje de acción del Estado y sus instituciones.

Señaló que toda reforma legislativa y más aún aquellas de carácter penal responden a una necesidad social. El planteamiento se fundamenta en la necesidad de establecer una pena proporcional a la gravedad de los delitos que tutelan bienes jurídicos de especial trascendencia social, enfatizó.

Precisó que el derecho penal conforme lo señala el propio COIP, debe determinar con claridad los límites para no caer en la venganza privada, pero tampoco en la impunidad.

Informó que el proyecto ha recogido en esencia los aportes y los criterios que se han dado a lo largo del extenso período de socialización, por personas e instituciones calificadas, cuya aplicación supondrá que el Estado y la sociedad en su conjunto intervengan con toda la fuerza institucional y acervo moral para enfrentar con estrategia preventiva al fenómeno, que siendo un problema de salud pública, en sus aristas más críticas constituye un flagelo que carcome el crecimiento saludable de la sociedad, al debilitar a sus segmentos poblacionales más sensibles y vulnerables.

Recordó que la Constitución de Montecristi abordó el fenómeno socio económico de las drogas con una visión progresista distinta y humana al considerar a las adicciones como un problema de salud pública, al consignar la no criminalización de los consumidores y el respeto a sus derechos constitucionales, al determinar como derecho de niñas, niños y adolescentes y como obligación del Estado el adoptar medidas de prevención; al concebir a la salud ya no como una mercancía, sino como un derecho humano fundamental, indispensable para el goce de otros derechos relacionados; y al plasmar la garantía de la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en todos los niveles.

El legislador, en su intervención recogió las palabras pronunciadas por José Mujica: «la única adicción saludable que hay, es la del amor. Todas las demás son una plaga, pero con diferencias de grado, no creo que ninguna adicción sea buena”. (I)

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