Noboa firma decreto para establecer toque de queda

El presidente Daniel Noboa firmó este viernes, 13 de marzo, el Decreto Ejecutivo 329 para establecer toque de queda en provincias, de 23:00 a 05:00 desde el 15 de marzo.

Esta medida rige para Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná, de la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía, de la provincia de Bolívar. 

Este decreto ejecutivo entrará en vigencia desde las 00:00 del 15 de marzo, fecha desde la cual se tienen programadas operaciones de las fuerzas del orden para atacar al crimen organizado. Noboa cambió la Ley sopbre la restricción de movilidad, en el documento del Decreto 329 que dispone se modifique el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 277 del 31 de diciembre de 2025, renovado mediante el Decreto Ejecutivo 331 del 28 de febrero de 2026, que a su vez estipuló una renovación por 30 días del estado de excepción.

Noboa ordenó que se agregue la suspensión del derecho a la libertad de tránsito en Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro, desde el 15 de marzo de 2026 hasta la finalización de la renovación del estado de excepción del Decreto Ejecutivo 311. Las autoridades que se encargarrán de los operativos son los Ministros del Interior, John Reimberg y el de Defensa, Gian Carlo Loffredo.

Se prohíbe todo tipo de movilización desde las 23:00 a 05:00. Con ello, la restricción estaría en vigencia hasta el 30 de marzo, día en que termina el Decreto Ejecutivo 311. Únicamente tendrán libertad de movilizarse quienes pertenezcan a los servicios de salud, fuerza pública, entidades complementarias de seguridad y servicios de gestión de riesgos.

Quienes estén dentro de sectores deberán presentar salvoconductos ante la autoridad competente, sean estos de las Fuerzas Armadas, Policía o agentes de control de tránsito, quienes estarán facultados para ejercer y exigir el control y la documentación que acredite la condición de excepcionalidad.

El primer mandatario también dispuso que se disponga la aplicación de los artículos 3 y 4 del Decreto Ejecutivo 277 de diciembre de 2025, referente a la suspensión de los derechos de inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia y la libertad de tránsito, que se ejecuten con las precisiones y limitaciones dispuestas en dicho instrumento y con estricta observancia a los parámetros establecidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

La firma de este nuevo toque de queda tiene como factor inédito que llega en medio de la apertura de una agencia del FBI en Ecuador y del apoyo militar de Estados Unidos al país para enfrentar al narcoterrorismo. (I)

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