La colusión en las compras gubernamentales y su control

Patricio Troya Meneses
Quito, Ecuador

La Superintendencia de Control del Poder de Mercado organizó, entre el 29 y 30 de enero pasado, un seminario internacional cuyo tema fue la colusión en las compras públicas. Es la quinta ronda de encuentros internacionales, en el contexto de la aprobación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, en el año anterior.

La supervisión al control del poder de mercado no es reciente, apareció en 1890 con el acta Sherman, en Estados Unidos. La idea del dejar hacer y pasar lo que sucede en los mercados –laissez faire, laissez passer -, no funcionaba en la perspectiva de la construcción de un mercado sano, de un país, de un Estado. Esta práctica fue replicada por toda Europa, y por la mayoría de países del planeta, incluyendo América Latina.

En el Ecuador llegó tarde, aunque muchos proyectos de ley antimonopolio quedaron en archivos olvidados. Ahora existe, lo que sin duda es un avance estructural para beneficio del país. El mercado como tal, en mi opinión, no es una realidad de la naturaleza, sino una construcción humana que, en estados organizados, se perfila a través de una norma. La “mano invisible” atribuida como concepto a Adam Smith, no existe; tal vez otro tipo de manos, más que invisibles, oscuras.

En Ecuador, la ley afecta al mercado en general, privado y público, así como a sus operadores; contempla una amplia potestad regulatoria y de control, con las sanciones correspondientes: hay referencias expresas respecto de la contratación pública, algo necesario. Cuando el Estado compra un bien, contrata un servicio o ejecuta una obra civil, es posible que dos o más proveedores –un cartel- acuerden repartirse el mercado, presentando ofertas falsas, pactando en cuál proceso deben presentar su oferta “ganadora”, o simplemente asignándose territorios de influencia; es posible que para lograr su fin logren la complicidad de uno o más servidores públicos. En una lógica común, este tipo de conductas elevan los precios de contratación, logran evitar contrataciones eficientes desde el punto de vista tecnológico, y restringen la legítima participación de los demás proveedores. En el Ecuador, cuyo mercado público está constitucional y legalmente diseñado para fomentar la producción nacional, las conductas colusorias –pactar un engaño- atentan simple y llanamente contra los productores, sea cual fuere su tamaño.

La creación del Sistema Nacional de Contratación Pública, como un mecanismo que permite publicitar y transparentar las compras estatales, ha sido un enorme avance estructural; la contratación pública no es una lógica interna de cada institución, se trata de una herramienta que invierte los recursos obtenidos por las rentas del Estado, o por tributos; una herramienta de política fiscal, que debe permitir el desarrollo del país en su conjunto, con énfasis en el fomento a la producción. Este sistema no es perfecto, está en una construcción constante que requiere la colaboración de las entidades de control, y la creación de una cultura de compra pública de carácter técnico y ético. Regresar al esquema anterior sería el peor escenario posible.

En este contexto, la actuación de la Superintendencia de Control de Mercado constituye un eje necesario. Si el mercado no es regulado, las consecuencias están a la vista a nivel mundial: en España, por ejemplo, los ciudadanos están reclamando por la influencia directa de actores económicos privados en la conducta de servidores públicos, a través de pagos directos, en nómina. Feo.

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3 Comments

  1. El caso Navas evidencia que puede existir colusión en la presentación de propuestas. No debe ser el único caso. El sistema de contratación debería establecer controles electrónicos para reducir ese riesgo.

  2. El control al poder del mercado también es una construcción humana y como tal, perfectible. El camino continua y se espera que los resultados sean cada vez mejores.

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