Que al menos debatan

Hernán Pérez Loose
Guayaquil, Ecuador

La semana pasada quedó establecido que, pese a la Constitución, ya no es tarea propia de los legisladores denunciar ante la fiscalía sobre hechos públicos; que la costumbre presidencial de insultar, calumniar y usar como trapiche la reputación y honor ajeno, se justifica porque él es costeño pues en la Sierra “son más recatados”; que si bien él puede insultar y calumniar a quien desee, quien ose criticarlo o llamarlo con un lenguaje lejanamente similar al suyo será muy probablemente sentenciado a prisión por injurias (y ahora hasta obligado a decirle “perdón”…); y, que el daño a su patrimonio un día es tasado en 40 millones de dólares, y otro en 140 mil.

Pero aquello no es todo. Resulta no solo que la fiscalización estaría mutilada sino que el debate parlamentario prohibido. Tal es el caso al menos del proyecto de la ley de comunicación que quedó sin aprobarse por la asamblea saliente. La Constitución manda que toda ley sea el resultado de “dos debates” por parte de los asambleístas. En una democracia las legislaturas son esencialmente temporales, no son eternas. La asamblea que está por irse no es la misma que la próxima.

Dice el tratadista Pérez Royo: “El principio básico de derecho parlamentario determinado por la legislatura es el de la discontinuidad. Este principio supone que cada legislatura es un compartimento estanco, ya que se constituye a partir de una nueva manifestación de voluntad del cuerpo electoral en unas elecciones generales. Cada legislatura parte, pues, de cero, con lo cual todo lo que la legislatura anterior había dejado iniciado pero sin terminar es como si no lo hubiese hecho”. Para Punset Blanco, “el fin de la legislatura implica la caducidad de todos los asuntos pendientes de examen y resolución…”. Según Molas Batllori, la finalización del mandato legislativo causa el “decaimiento de todos los trabajos en trámite…”. Y así por el estilo.

El funcionamiento de todas las asambleas legislativas del mundo se hace mediante legislaturas, es decir, el periodo por el que se elige al órgano representativo. Esto explica por qué en Estados Unidos el actual Congreso sea el “113th Congress”, pues, ese es el número de congresos elegidos desde 1788.

De no sometérselo a “dos debates” al mencionado proyecto, previo un nuevo informe de la comisión competente, la ley sería nula, de nulidad absoluta, e inconstitucional. Y no es argumento decir que el partido de mayoría de la anterior asamblea es el mismo que el de hoy. Según nuestra Constitución son los diputados elegidos, no los partidos, quienes aprueban las leyes luego que aquellos las hayan discutido en “dos debates”.

Lo bueno es que es una oportunidad para corregir el proyecto que deja la presente asamblea pues de convertirse en ley, en corto tiempo varios de sus artículos serían anulados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por su manifiesta incompatibilidad con el Pacto de San José y su jurisprudencia. Ya que la fiscalización está bloqueada, que los diputados al menos debatan. Eso es saludable para ellos y la democracia.

* El texto de Hernán Pérez ha sido publicado originalmente en El Universo.

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