CorteIDH juzga a Ecuador por supuesta ejecución extrajudicial de un menor

Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José de Costa Rica. Foto de Archivo.

San José, 5 feb (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) realizó hoy una audiencia por la supuesta ejecución extrajudicial del joven José Luis Ibarra, de 16 años, por parte de un funcionario de la Policía de Ecuador en 1992.

Según la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte, la ejecución del menor se encuentra en la «impunidad parcial» y su familia no cuenta con un esclarecimiento judicial de lo sucedido.

El caso, que se remonta al 15 de septiembre de 1992, cuenta con dos versiones de los hechos que hasta el momento no han podido ser corroboradas.

La primera es la declaración de la madre de la víctima, Vicenta Ibarra, y testigos que estaban en el lugar, quienes indicaron que el joven se encontraba en un sitio público con un grupo de amigos cuando el policía se acercó, tuvo una riña con otro adolescente al cual golpeó, y que cuando Ibarra le reclamó el agente le disparó deliberadamente.

Por su parte, la versión que brindó el policía a los tribunales de Ecuador expresa que, efectivamente, llegó al lugar, que peleó con uno de los jóvenes, pero que el arma se le activó involuntariamente provocando por accidente la muerte de Ibarra.

Sobre el caso, un juez de Ecuador condenó al oficial, de apellido Cortés, por homicidio simple, que se castiga con ocho años de cárcel, pero posteriormente un segundo juez dictó homicidio no intencional y 18 meses de prisión.

El representante de las presuntas víctimas, César Duque, alegó ante los jueces de la Corte que el Estado de Ecuador debe brindar reparaciones patrimoniales, esclarecer la verdad de los hechos y además, criticó que en las instancias judiciales internas no se cumplió con diligencias básicas ni se dio una investigación adecuada.

Duque adujo que el policía nunca cumplió una sentencia, que se mantuvo en su cargo y años después fue denunciado por otro intento de homicidio por parte de otras personas.

Agregó que en la época de la muerte de Ibarra, la Policía tenía indicaciones de que en la localidad de Esmeraldas, lugar de los hechos, existían pandillas, lo que la convertía en una zona insegura donde «estar en una esquina por un tiempo correspondía a una infracción».

La madre del joven explicó a Efe que su único deseo es «lograr justicia» para que se diga la verdad sobre la muerte de su hijo y añadió que toda su familia se ha visto afectada a raíz de esta situación.

Los representantes del Estado de Ecuador expusieron que los organismos legales mantuvieron un rol activo durante el proceso y que cumplió con todas las obligaciones.

«Las normas penales se adecuaron al comportamiento (del policía) y generaron una sanción después de un debido proceso en contra del imputado. El Estado cumplió con todas las obligaciones de investigar, juzgar, sancionar y reparar dentro de este caso», manifestó en los alegatos finales la representante del Estado de Ecuador, Daniela Ulloa.

La CIDH aseguró que el Estado ecuatoriano violó el principio de plazo razonable, ya que tardó nueve años en dar una sentencia, y no agotó las diligencias mínimas como el interrogatorio, el careo, la reconstrucción de los hechos, las pruebas de balística y la trayectoria de la bala que llegó a impactar a la víctima.

Tras concluir la audiencia, los jueces de la Corte informaron a las partes que tienen hasta el próximo 5 de marzo para presentar los alegatos finales por escrito y a partir de entonces los jueces analizarán los elementos para emitir un fallo, para lo cual no tienen un plazo límite.

La CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los Estados miembros de ese organismo. EFE

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