Comisión de Trabajadores investigará situación de jubilados de Petroecuador

Reunión de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores. Foto: Asamblea Nacional

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores decidió hacer el seguimiento de la denuncia presentada por la Asociación de ex trabajadores de Petroecuador sobre el supuesto impago de pensiones jubilares patronales por parte de la Corporación Fondo de Jubilación Patronal Especial de Petrocomercial.

Para tal efecto, pedirá información al Superintendente de Bancos, por incumplimiento del estatuto; al Contralor General del Estado, sobre el dinero que se maneja; al Ministro de Relaciones Laborales, sobre vulneración de derechos y al Fondo Patronal, para que las razones por las que ha incumplido las normas legales y acciones que ha tomado para rectificar y reconocer los derechos de los trabajadores y de los jubilados.

Germánico Ávila, representante de la asociación, explicó que muchos fueron jubilados y debieron cobrar sus pensiones jubilares puntualmente hasta junio de 2013, así como el pago de la décimo tercera y décimo cuarta pensión de jubilación patronal, pero que el Gerente  del Fondo de Jubilación  les suspendió.

Aseveró que los jubilados que se siente perjudicados son mayores de 75 años y muchos de ellos con enfermedades terminales.

Sostuvo que el tema tiene dictamen favorable de la Corte Nacional, Corte Provincial de Justicia y la anuencia de los juzgados, por lo que es necesario unificar esta jurisprudencia y se pida información de cuáles fueron las acciones que tomaron los organismos de control para evitar el incumplimiento del estatuto y el contrato colectivo.

Informó que este fondo se constituyó fundamentalmente con los aportes económicos entregados por la Empresa desde el año 1996 hasta diciembre de 2008, y con los aportes personales de los trabajadores, mismos que fueron incrementando de conformidad con los rendimientos financieros de los aportes.

Argumentó que el fin primordial de la Corporación Fondo de Jubilación Patronal fue entregar a los trabajadores de Petrocomercial que hubieran cumplido los requisitos una jubilación  patronal especial vitalicia.

Agregó que a partir de la reforma de la Ley de Seguro Social en el año 2011 aparecen por primera vez los fondos de jubilación complementarios que nada tienen que ver con este fondo de jubilación patronal, creado mediante contrato colectivo.

Sin embargo, continuó, en el Art. 220  de la Ley de Seguridad dispone que se debe respetar los derechos adquiridos por los trabajadores.

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