Emiten resolución sobre tasa de servicio de control aduanero

Foto tomada de la web de la SENAE

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), emitió la Resolución que establece la Tasa de Servicio de Control Aduanero, la cual está publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial 115.

El oficio resuelve, según el artículo 5: «que para efectos de la aplicación de la tasa del servicio de control aduanero, se establece una tarifa de diez (10) centavos de dólar, que se aplica sobre la base imponible constituida por el coeficiente resultante de dividir el peso neto declarado por ítem (gramo) para la unidad de control (gramo)», según lo que detalla el anexo.

Según la SENAE, en un comunicado indica, que en el oficio se determinan los artículos que respaldan la legalidad de este rubro y el objeto de la Tasa, la cual responde al servicio efectuado por la institución en todo el territorio nacional en sus diferentes fases.

La Tasa se aplicará a todos los productos que ingresen al país con excepciones específicas como: efectos personales del viajero; aparatos médicos, ayudas técnicas, herramientas especiales; donaciones que provienen del exterior a favor de las instituciones del sector público, o del sector privado sin fines de lucro, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del sector público; féretros o ánforas que contengan cadáveres o restos humanos; envíos de socorro por catástrofes naturales, entre otros.

El documento también indica como disposición final, que la Tasa de Servicio de Control Aduanero entrará en vigencia el 13 de noviembre de 2017. Sin embargo, para los regímenes aduaneros de excepción de “Tráfico Postal” y “Mensajería Acelerada” y los regímenes de Tránsito Aduanero y Transbordo iniciará el 1 de enero de 2018.

Más relacionadas