Tribunal niega suspensión de la pena solicitado por Norma Vallejo

Ramiro Aguilar y Norma Vallejo. Foto difundida en redes sociales.

Un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia negó este jueves 23 de julio la suspensión condicional de la pena solicitada por la exasambleísta Norma Vallejo, quien fue condenada a un año de prisión por el delito de concusión, relacionado al caso Diezmo.

La corte consideró que Vallejo no cumple con el requisito número 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que dice: «Que los antecedentes personales, sociales y familiares del sentenciado, así como la modalidad y gravedad de la conducta sean indicativos de que no existe necesidad de la ejecución de la pena».

El fiscal general del Estado subrogante, Wilson Toainga, que participó durante la audiencia, expuso que la «Fiscalía se oponía a esta solicitud, pues el delito de concusión es uno de los más graves que lesiona la eficiencia de la administración pública».

Agregó que el delito cometido por Vallejo causó grave conmoción en la sociedad y desconfianza en quienes ocupan cargos de elección popular.

Este 14 de julio, Vallejo fue sentenciada a la pena modificada de un año de privación de libertad como autora del delito de concusión, pues, abusando de su cargo de asambleísta de Pichincha por el correísmo, exigía  contribuciones mensuales de entre US$150 y US$1.000 a quienes conformaban su equipo de trabajo en la Asamblea Nacional, a cambio de permanecer en sus puestos.

A través de ese mecanismo, Vallejo habría recibido US$20.305, que usó para cancelar deudas personales, gastos de su despacho, pagos de eventos y hacer aportes al movimiento Alianza PAIS.

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