Derecho al voto

Alberto Molina

Alberto Molina

Guayaquil, Ecuador

La Constitución de 1830 establece que los ciudadanos son iguales ante la ley y que pueden elegir y ser elegidos; lo citado, contrasta con la realidad; en su Art. 12. dice: “Para entrar en el goce de los derechos de ciudadanía, se requiere: 1. Ser casado, o mayor de veintidós años; 2. Tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos, o ejercer alguna profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente doméstico, o jornalero; 3. Saber leer y escribir.

Art. 24. Para ser Diputado se requiere: 1. Ser ecuatoriano en ejercicio de la ciudadanía: 2. Tener treinta años de edad; 3. Tener una propiedad raíz, valor libre de cuatro mil pesos, o una renta de quinientos, como producto de una profesión científica, de un empleo, o de una industria particular.

Art. 33. Para ser Presidente o Vicepresidente se requiere: 1. Ser ecuatoriano de nacimiento. Esta disposición no excluye a los colombianos que hubiesen estado en actual servicio del país al tiempo de declararse en Estado independiente, y que hayan prestado al Estado del Ecuador servicios eminentes, y que estén casados con una ecuatoriana de nacimiento, y que tengan una propiedad raíz valor de treinta mil pesos; 2. Tener treinta años de edad; 3. Gozar de reputación general por su buena conducta”.

Ecuador, en 1830, tenía alrededor de 500 mil habitantes; de esos, estaban excluidos de elegir, o ser elegidos, los analfabetos, los solteros, los que no tenían ninguna profesión o empleo, los menores de 22 años, los sacerdotes, las mujeres y los pobres.

Hasta finales del siglo XIX, el salario de un jornalero era de medio real; ocho reales eran un peso, imaginémonos la fortuna que se necesitaba solo para el goce de la ciudadanía, amén para ser elegido diputado o presidente. El “derecho” de elegir o ser elegido, era un mito, recaía sólo en unos 8 mil ciudadanos de la época.

En 1884 se eliminó la obligación de que los candidatos debían tener una propiedad raíz para poder participar en una elección. El sufragio femenino se lograría en 1929, convirtiendo a Ecuador -junto con Puerto Rico-, en uno de los primeros países latinoamericanos en otorgar ese derecho; esa misma Constitución eliminó el voto militar que estuvo vigente desde 1830. En 1978 se reconoció el voto a los analfabetos, aunque facultativo.

Una de las preocupaciones permanentes ha sido el control electoral; inicialmente era un caos, por eso el fraude era normal. El sufragio siempre fue obligatorio, no había mecanismos para su control. Para un efectivo control ciudadano, en 1925 se creó el documento de identidad y en la Constitución de 1945 el Tribunal Superior Electoral, “Para dirigir el proceso electoral y garantizar su pureza”.

Finalmente, la Constitución de 2008 aprobó el voto facultativo para los adolescentes entre 16 y 18 años; previa a su inscripción voluntaria, los extranjeros con cinco años de residencia en el país. A los militares en servicio activo se les devolvió el derecho al voto y, junto a los policías, pueden ejercerlo en forma facultativa.

Estamos ad portas de unas elecciones cruciales, está en juego la suerte de 17 millones de ecuatorianos, no podemos volver a equivocarnos. El país entero demanda que las autoridades electorales nos garanticen el respeto a la voluntad del pueblo, razón suficiente para que exista un observatorio ciudadano del proceso electoral, de ser así podremos disfrutar de unas elecciones transparentes, de una democracia plena y de un futuro esperanzador.

Más relacionadas