¿Un nuevo circo?

Hernán Pérez Loose

Guayaquil, Ecuador

Tal como lo anticipamos la semana pasada, y tal como lo temían muchos ecuatorianos, no hubo votos en el Consejo de Administración Legislativa (CAL) para ni siquiera abrir un expediente para analizar la conducta de la ahora ya famosa asambleísta del “roben, pero roben bien…”.

La referida asambleísta seguirá muy tranquila en su curul, aprobará o negará leyes, cobrará un sueldo con dineros de nuestros impuestos y gozará de la llamada inmunidad legislativa. No ha pasado nada, en otras palabras. Pero para otras cosas sí hay votos. Tal es el caso, por ejemplo, de la resolución condenando al Gobierno por aprobar una resolución contra su decisión de adherirse nuevamente al Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Ciadi), pues supuestamente es inconstitucional y violatorio de nuestra soberanía.

Esta decisión de la Asamblea, si bien carece de efecto jurídico alguno, lo que sí hace es poner al desnudo el asombroso desconocimiento que tienen muchos de sus miembros de un asunto de importancia nacional y del que se jactan conocer bastante.

Para comenzar, lo hecho por la Asamblea es desconocer abiertamente la sentencia que dictó la Corte Constitucional en el sentido de que no había objeción constitucional al regreso del Ecuador a formar parte de ese tratado. Pero hay más. La decisión pone en evidencia una de las taras de nuestra política: el doble discurso. ¿Dónde estaban los asambleístas que votaron en favor de la reciente resolución cuando durante el gobierno correísta sus altos funcionarios celebraron decenas de contratos con empresas o bancos extranjeros, especialmente de China, en los que se acordaba expresamente que las disputas derivadas de esos contratos debían ser resueltas por tribunales arbitrales extranjeros y hasta por cortes de jurisdicción ordinaria de naciones como el Reino Unido?

Naciones como México, Uruguay y China forman parte del Ciadi y a ninguna de las Legislaturas de esas naciones se le ha ocurrido aprobar una resolución como la aprobada por nuestra Asamblea. A nadie se le ha ocurrido cuestionar jurídicamente dicho tratado internacional bajo el argumento de que viola la soberanía. La Corte Constitucional de Colombia, por ejemplo, no encontró objeciones constitucionales en la adhesión de ese país a dicho convenio internacional (sentencia C-442/96), y ello a pesar de una línea jurisprudencial de dicha corporación restrictiva con respecto al arbitraje privado público.

Es más, la Asamblea parece no haber leído el art. 422 de la Constitución. Dicha norma prohíbe única y expresamente al Estado ecuatoriano suscribir tratados en los que se resuelva por la vía de un arbitraje internacional las disputas derivadas de contratos comerciales celebrados entre el Gobierno y empresarios extranjeros. Es decir, esa prohibición no se extiende a las disputas derivadas de inversiones ni a situaciones como la mala administración de justicia o expropiaciones.

¿Por qué entonces la Asamblea aprobó una resolución como la mencionada? ¿No leyó acaso el texto del art. 422 de la Constitución? ¿No saben acaso que la Corte Constitucional tiene exclusiva jurisdicción en materia constitucional? ¿O estamos a las puertas de una nueva Legislatura convertida, en solo dos meses, en un circo? (O)

LaRepública.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, el 24 de mayo de 2021. Asamblea Nacional.

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