Secuestro vitalicio

Hernán Pérez Loose

Guayaquil, Ecuador

El presidente de la Corte Nacional le debe una explicación al país. El magistrado fue elegido para el cargo que hoy ostenta el 5 de febrero de 2021 y recién la semana pasada anunció que iba a presentar la solicitud de extradición en contra del exdictador. Es decir, se demoró más de un año para anunciar su decisión.

Coincidentemente, de forma casi simultánea a este anuncio del presidente de la Corte, el abogado del prófugo –responsable de los más atroces atracos al erario nacional y condenado por la justicia– anunció que su cliente habría recibido un asilo político (estatus de refugiado, para ser precisos) por parte de Bélgica.

Es probable que el presidente de la Corte tenga una explicación sobre por qué le tomó más de 365 días en decidirse a anunciar que iba a solicitar la extradición. Es probable que esas explicaciones sean convincentes. Pero lo que interesa saber es cuáles son.

Tanto más que lo único que debió hacer el magistrado era dictar una providencia declarando la procedencia de la extradición según el tratado de extradición con el Reino de Bélgica (arts. 1, 2.17 y 10) y la Convención de la ONU Contra la Corrupción, luego designar a peritos para que traduzcan las providencias claves del proceso, y después simplemente pedir a la Cancillería que solicite la extradición.

Como nada de esto al parecer se ha hecho, Bélgica no recibirá la solicitud del Ecuador por algunas semanas. Nada impide que se impulse la extradición existiendo una declaración de refugiado en favor del prófugo. Habrá que esperar una negativa del Gobierno belga para iniciar un proceso judicial impugnando esa decisión por carecer de fundamentos, que es lo que –con ciertas diferencias, por supuesto– sucedió en el caso de Assange. Pero, claro, la demora por parte de Ecuador le ha facilitado enormemente las cosas al exdictador.

El tratado con el Reino de Bélgica data de 1897, y el hecho de su antigüedad no provoca su caducidad ni mucho menos. Esto lo sabe cualquier estudiante de Derecho. La Convención de la ONU Contra la Corrupción está vigente en el Ecuador desde el 15 de diciembre de 2005 (Registro Oficial n.º 166, Suplemento). Bélgica es parte de esta Convención desde 2003 y de ella forman parte, a diciembre de 2021, 189 países. No hace falta ninguna investigación para saber que esa convención también está vigente.

El estado del Poder Judicial hace inviable el desarrollo del país, no se diga de nuestra democracia. No es una coincidencia que Uruguay –para no irnos muy lejos– tenga el más bajo riesgo país de la región y exhiba una economía sana y en orden, y que sea, a la vez, el país con el mejor sistema judicial y un bajísimo nivel de corrupción de Latinoamérica.

La élite ecuatoriana –con escasas excepciones– no termina de entender la correlación que existe entre justicia transparente y crecimiento económico sostenible. Simplemente no lo entiende o se hace la que no lo entiende porque le conviene vivir en un país de corruptos aparte de mediocres.

Gracias a una maraña legislativa creada por el correísmo, el Ecuador está secuestrado vitaliciamente por un ejército de jueces, conjueces y jueces elegibles escogidos durante su régimen y que son prácticamente inamovibles, individuos que en su gran mayoría (porque sí los hay honestos) están hoy al servicio de mafias. (O)

Expresidente Rafael Correa junto a Andrés Arauz, candidato por el correísmo en las próximas elecciones de febrero de 2021

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