La jueza Karen Alarcón Macías, de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, ha negado la acción de protección solicitada por el abogado Eduardo Carmigniani en contra de la imputación formulada en su contra por la Fiscalía General del Estado por el Caso Sinohydro.
La jueza ha alegado que ella no tiene la facultad para determinar si la imputación en contra de Carmigniani tenía o no fundamentos, sino el juez nacional que conoció la causa. Y que el imputado tiene la capacidad para defenderse dentro del proceso.
Calixto Vallejo, abogado de Carmigniani, ha expresado su desacuerdo con la resolución de la jueza y ha apelado. La jueza ha aceptado la apelación.
Carmigniani fue acusado del delito de cohecho por la Fiscal General, aduciendo que recibió transferencias desde una cuenta de la compañía Recorsa, propiedad del empresario Conto Patiño, acusado también de haber sobornado al entonces vicepresidente Lenín Moreno, quien es el principal imputado en el caso.
La defensa de Carmigniani respondió que las transferencias recibidas son pagos por honorarios, que fueron facturados y sobre los cuales se pagaron impuestos. Que como Carmigniani nunca ha sido funcionario público, el mero hecho de recibir una transferencia no permite sospechar cohecho. A no ser que se sospeche que ha sido él quién ha entregado a un funcionario público la totalidad o parte del dinero recibido. Y que la Fiscalía debía señalar a quién, cuándo y de qué manera sobornó.
Carmigniani ha alegado que la Fiscalía no ha fundamentado, ni señalado indicios, de que este último hecho ha ocurrido, por lo que es improcedente que haya sido sindicado.