Populismo laboral

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

El populismo legislativo llega ahora a lo laboral. En lugar de legislar para promover nuevas inversiones que creen empleo, con el discurso de “favorecer” a los trabajadores se desincentiva la compra de empresas creando incertidumbre alrededor de relaciones (incluso muy antiguas) con extrabajadores. Esa es la línea del proyecto de ley presentado el pasado 14 de agosto por la asambleísta oficialista Andrea Yaguana.

Según nuestro antiquísimo Código del Trabajo, los extrabajadores tienen tres años, contados desde que concluyó la relación laboral, para demandar cualquier prestación que no les hubiese sido cubierta durante tal relación. Luego de ese lapso cualquier derecho -de haberlo- se extingue por prescripción (art. 635). Esto ha sido pacíficamente entendido y aplicado por años.

Pero la asambleísta Yaguana cree que la prescripción de tres años contraría el principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos del trabajador (art. 326, 2º). Y partiendo de esa base pretende que se reforme el Código del Trabajo para que la prescripción ya no se produzca en ese lapso, sino con la muerte del extrabajador.

Está equivocada la legisladora.

Primero, porque la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador protege a este mientras dura la relación laboral, bajo el entendido de que es la parte débil de la relación. Pero esa debilidad no existe luego de terminada, cuando recién comienza a computarse el lapso de tres años que tiene quien entonces es ya extrabajador para reclamar.

Segundo, porque el argumento que usa es contradictorio en sí mismo. Si la irrenunciabilidad protegiese también a quien ya no es trabajador (sino extrabajador), no se explica cómo sí habría prescripción con su muerte (que puede darse incluso antes de los tres años), afectando el derecho de los herederos a presentar el reclamo.

En fin. Hay que archivar ese proyecto. Difícilmente alguien se animará a comprar empresas, inyectando capitales y promoviendo nuevo empleo, si los riesgos de reclamos de extrabajadores debe analizarlos no por los últimos tres años, sino “ad infinitum”.

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