Opinión

Deshacer el pasado

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Según la ley antimonopolios, las operaciones de concentración económica (fusiones, compras de empresas, etc.) deben obtener autorización previa de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado si por ellas se adquiere «una cuota igual o superior al 30% del mercado relevante… …en el ámbito nacional o en un mercado geográfico definido dentro del mismo». De ejecutársela sin autorización, la Superintendencia puede ordenar que se la deshaga, sin perjuicio de la multa de hasta el 10% del volumen total de negocios del infractor (Arts. 78, 2º, d y 79, b). Se trata, pues, de sanciones por omisiones ilícitas.

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