Kevin Pepinós Valle
Quito, Ecuador
Hace un par de semanas la Fiscalía General del Estado intervino en la Comisión de Salud de la Asamblea, para emitir aportes al proyecto de ley de Eutanasia, presentado por la Defensoría del Pueblo. La exposición deja entrever las evidentes deficiencias jurídicas que tiene el proyecto. La presentación de esta ley nace de una sentencia de la Corte Constitucional.
El proyecto de ley, en sus Disposiciones Transitorias, propone reformar el artículo 30 del Código Orgánico Integral Penal que determina las causas de exclusión de la antijuridicidad, es decir, las causas por las cuales una conducta penalmente relevante, no tendría una sanción penal.
Las causas actuales son la legítima defensa, el estado de necesidad o el cumplimiento de una orden legítima y expresa de autoridad competente o de un deber legal. Así por ejemplo, con base a esta norma, en caso de una agresión, las personas (bajo ciertas condiciones) podemos repeler el ataque y defendernos legítimamente sin ser sancionados penalmente.
Ahora bien, el proyecto de eutanasia propone incluir, como una causal adicional de antijuricidad, el “actuar conforme a la voluntad del titular del derecho afectado en situaciones previstas por la ley”. El problema radica en la amplitud del tema. No delimitar la finalidad ni el ambito de aplicación que tendría esta causa de antijuricidad permitiría que se utilice no solo para el caso de eutanasia si no de manera general en cualquier delito. Esto abriría una puerta gravísima en materia penal.
Dentro del controvertido contexto judicial de nuestro país, permitir que un infractor alegue la existencia de consentimiento por parte de la víctima, tendría efectos devastadores, ya lo hemos visto por ejemplo en los casos de abuso sexual. Podría provocar mayor inseguridad jurídica y exponer a las propias víctimas a más amenazas o presiones para que reconozcan un presunto consentimiento para la perpetración del delito. Y, nuevamente, generar escenarios de auténtica impunidad.
Los procesos eutanásicos, de por sí, exponen a los más vulnerables. En la gran mayoría de los casos, el principal problema es justamente determinar con absoluta certeza si la persona quiere morir o está siendo forzada por las personas, las circunstancias o un sistema de salud que no puede aliviar su dolor.
Temas tan delicados como la eutanasia, merecen un debate con absoluto rigor bioético, médico y jurídico, velando siempre por los más vulnerables y protegiéndolos frente a posibles abusos. No existe espacio para la improvisación o el cumplimiento apresurado de una sentencia de la Corte Constitucional.

Claramente no se puede aprobar el proyecto de ley de la Eutanasia en su estado actual. Es responsabilidad de la Comisión alertar a la Asamblea sobre los posibles riesgos y deficiencias de este proyecto y generar una normativa que garantice el respeto del derecho a la vida y la salud de quienes se encuentran en condiciones de absoluta vulnerabilidad.
- Kevin Pepinós Valle pertenece al colectivo «Dignidad y derecho».
