La regulación de las apuestas en Ecuador y el futuro de la industria

Cortesía.
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Con el Decreto Ejecutivo 487 firmado en diciembre de 2024, la incorporación de operadores al sistema antilavado en 2026 y 65 plataformas ya registradas ante el SRI, Ecuador construye paso a paso el marco regulatorio más singular de América Latina. Sin casinos físicos legales desde 2011, el canal online es la única puerta de entrada al mercado de juego del país.

En 2011, el presidente Rafael Correa convocó a los ecuatorianos a un referéndum con una pregunta directa: prohibir los casinos y salas de juego físicos. La mayoría dijo que sí. Un año después, el Artículo 236 del Código Orgánico Integral Penal convirtió esa voluntad popular en ley, con penas de hasta tres años de prisión para quienes administren locales de juego sin autorización.

Desde entonces, Ecuador es el único país de América Latina que no tiene un solo casino físico operando de forma legal. Lo que ese referéndum no contempló fue internet. El mandato popular prohibió el juego presencial, pero no abordó el canal digital. Esa omisión creó una zona gris que en los años siguientes se transformó en un mercado: decenas de plataformas internacionales con licencias de Curaçao, Malta, España o el Reino Unido comenzaron a atender a usuarios ecuatorianos sin supervisión local, sin tributar al Estado ecuatoriano y sin ningún marco de protección al consumidor en el país.

Para septiembre de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) había registrado 65 plataformas de apuestas deportivas operando en Ecuador: 19 personas jurídicas y 46 personas naturales, incluyendo a dos empresas extranjeras no domiciliadas en el país, Logflex MT Limited con la marca Novibet y Kaizen Gaming International con la marca Betano.

El Decreto 487: el primer marco formal para las apuestas deportivas

El 19 de diciembre de 2024, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 487, que reformó el reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno y estableció el primer marco regulatorio formal para las apuestas y pronósticos deportivos en Ecuador. El decreto creó la Licencia para la Operación de Pronósticos Deportivos (LOPD), el único título habilitante para ejercer esta actividad económica en el país, emitida por el Ministerio del Deporte con una vigencia de cinco años y un costo de 655 salarios básicos unificados, equivalentes a USD 307.850 en 2025.

El decreto también ratificó el Impuesto Único a la Renta del 15% para los operadores de apuestas deportivas, calculado sobre los ingresos brutos menos los premios pagados, administrado por el SRI con declaraciones mensuales obligatorias. La distinción conceptual que sustenta el marco es relevante: Ecuador diferenció el «pronóstico deportivo» del «juego de azar puro», arguyendo que predecir el resultado de un evento deportivo implica un componente de conocimiento que lo separa de la ruleta o las tragamonedas. Esa distinción es lo que permite regular las apuestas deportivas sin contradecir el referéndum de 2011.2026: la regulación se profundiza

En abril de 2026, dos organismos del Estado ecuatoriano emitieron normativas que reforzaron el marco regulatorio. La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), mediante la Resolución N.º UAFE-DG-2026-0005, incorporó a los operadores de apuestas deportivas como sujetos obligados dentro del sistema nacional de prevención del lavado de activos, equiparándolos a bancos, cooperativas y casas de cambio en materia de cumplimiento. Los operadores deben reportar operaciones inusuales o sospechosas, designar un oficial de cumplimiento y completar su registro formal ante el organismo. Esta medida, responde al crecimiento sostenido del sector y a los riesgos que implica la circulación de fondos a través de plataformas digitales sin supervisión adecuada.

A finales de 2025, la Asamblea Nacional aprobó la nueva Ley Orgánica del Deporte, que incorpora referencias a los eSports y al KYC en apuestas, y que aguarda la aprobación final del Ejecutivo. En paralelo, el presidente Noboa ha impulsado una propuesta de referéndum para legalizar casinos físicos en hoteles de cinco estrellas con un impuesto del 25% sobre las ventas, aunque esa iniciativa no ha tenido resolución definitiva.

Un mercado que se consolida y también pierde actores

La llegada de barreras de entrada formales, en forma de licencias anuales y obligaciones fiscales, comenzó a producir el efecto esperado en cualquier mercado que transita de la informalidad a la regulación: algunos operadores salieron. Los que permanecen o ingresan lo hacen con un respaldo legal que antes no existía, compitiendo en un entorno más ordenado y con mayor certeza jurídica.

El costo de la licencia, USD 307.850, es significativo y actúa como filtro de solvencia, pero también es una señal clara del tipo de mercado que Ecuador quiere construir: profesional, con operadores que tengan estructura real y no plataformas informales sin respaldo.

El ecosistema B2B que Ecuador necesita para escalar

Un mercado que construye su regulación desde cero necesita proveedores que entiendan sus particularidades. Ecuador opera en dólares, tiene una cultura de juego centrada en el fútbol y los pronósticos deportivos, un usuario creciente en plataformas móviles y un marco regulatorio que distingue explícitamente las apuestas deportivas de los juegos de azar. Los proveedores de tecnología, pagos, compliance y KYC que quieran posicionarse en Ecuador necesitan entender esas especificidades antes de entrar.

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La historia más singular del iGaming latinoamericano

El caso ecuatoriano no tiene precedente en la región: un país que prohibió el juego físico por voluntad popular y que ahora construye un mercado de apuestas deportivas online con arquitectura propia, sin el lastre de un ecosistema físico que defender y con la posibilidad de diseñar un marco digital moderno desde sus cimientos. Esa singularidad merece cobertura especializada y rigurosa.

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