El camino de la reforma tributaria

Por David Ochoa

A las 18h36 con 22 segundos del 1 de noviembre, Ramiro Terán, asambleísta por el MPD, abandona la sala de la Comisión de Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control y la deja sin cuórum la sesión que iba a aprobar la reforma tributaria de 2011. Otros asambleístas de oposición siguieron la estrategia de Terán. El socialcristiano Salomón Fadul fue el último en sumarse al grupo de Terán. ¿Fue una buena estrategia? ¿La salida de la oposición es constitucional? Esta es otra opinión sobre el tema.

Cuando se conoció que la Comisión no tuvo cuórum, Andrés Roche (Madera de Guerrero) reprochó a Salomón Fadul por su inasistencia. En ese momento, al interior de la misma oposición se veía como inexorable la aprobación de la reforma tributaria al vencer el plazo de 30 días que la Constitución da a los proyectos de urgencia económica.

La estraegia de Ramiro Terán se fundamenta en un hallazgo en la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Su artículo 68 señala que los proyectos sobre tributos pueden ser iniciativa de la Función Ejecutiva, “mediante el trámite ordinario previsto en esta Ley”. A raíz de la estrategia de Ramiro Terán, se ha interpretado esta norma como una prohibición de la ley para que el Presidente envíe proyectos sobre tributos por urgencia económica. En realidad, la urgencia económica se describe en el artículo 140 de la Constitución que señala que un proyecto calificado de urgencia en materia económica sigue el trámite ordinario, pero tiene un plazo reducido.

La institución del trámite de urgencia en la creación de leyes ha sido creado precisamente para solucionar problemas económicos que sólo pueden resolverse mediante ley, esto incluye fundamentalmente tributos, los cuales sólo pueden ser creados por ley. Las reformas económicas que realizan países como Grecia o Italia se canalizan, en buena parte, mediante proyectos de urgencia económica, incluyendo reformas tributarias. Admitir la tesis de Ramiro Terán sobre los proyectos de urgencia económica recortaría una importante herramienta para un futuro presidente que necesite reformar tributos en una etapa de ajuste.

Desde la vigencia de la Constitución de 2008, los proyectos enviados con urgencia económica (que siguen el trámite ordinario) han incluido generalmente reformas a la legislación tributaria, sin que nunca se haya objetado su constitucionalidad:

* En julio y diciembre de 2008, el Congresillo aprobó reformas tributarias, en los plazos de urgencia económica;

* La Ley de Empresas Públicas reformó la legislación tributaria para que las entidades públicas paguen IVA.

* La polémica Ley de Hidrocarburos, que pasó por el ministerio de la ley en julio de 2010, también fue enviada por urgencia económica y reformó la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

* El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas también reformó la legislación tributaria.

* El Código de la Producción redujo el impuesto a la renta hasta el 22% en 2013.

* La Ley de Economía Popular y Solidaria reformó la legislación tributaria en 2011.

El Pleno de la Asamblea puede archivar proyectos de ley, tanto en primero como en segundo debate, con el voto de la mayoría absoluta de sus integrantes, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa. La resolución legislativa votada el pasado jueves no forma parte del procedimiento legislativo, no sólo porque no se alcanzó la mayoría absoluta, sino porque no se adoptó en el marco de ninguno de los dos debates ni fue incluida en el orden del día como actividad de votación, sino sólo sobre “consideración” del tema.

Admitir que pueda resolverse sobre una ley mediante resolución crearía un precedente muy peligroso, pues los asambleístas ya no estarían obligados a trabajar en sus comisiones, ni hacer dos debates, sino que bastaría una resolución. De admitirse ese mecanismo de evacuación de leyes, el bloque de PAIS podría, sin necesidad de aliados, negar o aprobar proyectos de ley con menos de 60 votos.

No es conveniente que, por contradecir al gobierno, se sacrifiquen herramientas permanentes para futuros presidentes como el procedimiento de formación de la ley y la capacidad de solucionar problemas de carácter tributario mediante leyes de urgencia económica, que siguen el trámite ordinario con plazos diferentes.

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12 Comments

  1. Tu argumento es débil, porque lo ordinario no debería tener un tratamiento diferenciado como ocurre con el trámite urgente, que por sus cualidades, no es ordinario. La práctica no le hace a la ley y eso lo sabe cualquier abogado, de forma que precedentes de reformas tributarias urgentes o la posibilidad de futuros presidentes (dentro de 6 años) de usar este mecanismo es pura apología. 

    Dices que las reformas económicas en europa se hacen por un procedimiento «urgente» pero omites referirte al derecho comparado. Tratas de dar a tu opinión un incontrastable peso jurídico pero terminas siendo convenientemente político, al punto que omites las expresiones del bloque de AP y del propio Presidente de que la reforma entrará por el ministerio de la ley. 

    Qué opinas sobre esto? Politicamente pareces apoyarla, pero jurídicamente deberías ver con atención el art. 301 de la Constitución que dice que no hay leyes tributarias sin sanción de la Asamblea. 

    Saludos
    @gabrieluio:twitter 

    • El art. 140 de la Constitución dice clarito que los proyectos de urgencia económica siguen el trámite ordinario. Sólo cambian los plazos.

      Eso implica que el art. 68 de la Ley no dice que la materia tributaria no puede pasar en 30 días.

      El art. 301 dice que debe salir sancionado por la Asamblea. Una de las formas de sancionar es señalando la no aprobación. El 24 de noviembre, el secretario general de la Asamblea enviará a la Presidencia de la República una cartita que diga: «recibimos su proyecto de ley el 24 de octubre y certifico que hasta el día de hoy, 24 de noviembre, la Asamblea no ha tratado, aprobado, modificado ni archivado el proyecto de ley» Eso ya cumple el haber sido sancionado por la Asamblea.

      • Una vez más, se evade la explicación de cómo un cambio en tiempos es ordinario. Por otro lado, y esto es algo que también sabe cualquier abogado, sanción es un acto positivo por el cual se manifiesta conformidad con algo. Son conceptos fundamentales de derecho.

  2. Muy buen comentario, para los que seguimos la actuación de estos vagos y charlatanes de la Asamblea, por supuesto con excepciones, vemos claramente como este dirigente tira piedra, abandona el recinto para dejar sin quórum a la comisión, ahora tratan de sacarse ese «error» cometido, queriendo archivar una ley que va a beneficiar al pueblo ecuatoriano.
    El 80% del pueblo ecuatoriano no tiene que sacar plata para mandar al exterior, no viaja a Miami, para irse a los parques de Dysney, no tenemos carros BMW, Mercedes, Volvo, Porches, un largo etc, usamos el transporte público, así que nos tiene sin preocupación, por lo tanto BIENVENIDA LA NUEVA LEY TRIBUTARIA, Y LA REVOLUCION CIUDADANA AVANZA , PARA ATRAS NI PARA COGER IMPULSO. 

    • Creo que el descontento con los asambleístas es nacional. Debería ser nacional, también, el descontento por el irrespeto de las leyes y la constitución. Eso es aún más abominable que lo que parecer ser para tí la propiedad sobre un vehículo. Lamento que viajes en transporte público porque es un maltrato y como ciudadano consciente de tus derechos compartiras conmigo en que el transporte público, que en realidad es el servicio ofrecido por compañías privadas, irrespeta las normas más elementales de convivencia.

      • La verdad que no se manejar, nunca tuve carro, siempre use el transporte público y nunca me paso nada, si apenas lo que recibo de mi jubilación y los cachuelitos que hago enseñando un Idioma, me alcanza para poder sufragar mis gastos, sin embargo, dale gracias a Dios que no estas en el 80% a pesar que debería decir como en USA 99%.

    • La verdad que no se manejar, nunca tuve carro, siempre use el transporte público y nunca me paso nada, si apenas lo que recibo de mi jubilación y los cachuelitos que hago enseñando un Idioma, me alcanza para poder sufragar mis gastos, sin embargo, dale gracias a Dios que no estas en el 80% a pesar que debería decir como en USA 99%.

  3. Definitvamente la técnica jurídica puede, siempre, ser interpretada de cualquier modo.  Esas interpretaciones vienen dadas por las posiciones políticas que los distintos actores asumen, en este caso, dentro de la Asamblea.  Si se hace un análisis más integral del modo en que han sido aprobadas varias leyes se constatará que en muchos casos se hace uso de los vacíos legales que deja el procedimiento legislativo, o de los usos que se le puede dar, para conseguir aprobar o archivar tal o cual ley.  Por ejemplo cómo, hasta ahora, ninguna ley que afecta a derechos de pueblos indígenas ha sido sometida a proceso de consulta prelegislativa como manda la Constitución (art. 57 numeral 17).  Las salidas para no hacerlo pueden ser jurídicas (quiero decir argumentadas jurídicamente) pero todas ellas, incluida la respuesta de la Corte Constitucional frente a la ley de minería, son políticas.

    Reducir el análisis a una discusión sobre lo que dice uno u otro artículo necesariamente implica una interpretación que tiene por trasfondo nuestras posiciones políticas, me parece que el argumento expuesto en el artículo en efecto se queda en lo jurídico, pero no explica las posiciones políticas asumidas ni en la comisión ni en el pleno respecto de la reforma tributaria, menos aún la del Presidente que a toda costa busca la aprobación de la ley.  Sería conveniente profundizar sobre aquello.

    Finalmente debo decir que, en efecto, la cantidad de personas que tienen vehículo privado a motor es mínima en comparación con quienes hacemos uso del transporte público, caminamos o usamos medios de transporte no motorizados, el análisis sobre tributos a vehículos debería asumir con responsabilidad los efectos e impactos negativos que tienen en las ciudades el incremento del parque automotor privado, en la salud, en la movilidad y en la ocupación de espacios públicos.  En ese caso, la sola imposición de impuestos a los vehículos no se traduce en una modificación de los impactos antes mencionados, pues se debe mejorar el transporte público, y ahí concuerdo con Gabriel, suponiendo que en primer lugar el servicio en realidad sea público y no privatizado como en la actualidad.  Aunque esto último sería un debate a parte y mucho más amplio.  Saludos.

  4. Cambiando de coIes a nabos..ECUADOr propone crear OrGANISMO, como aIternativa a Ia CIDH…En buena hora,..un organismo en Estados Unidos resoIviendo probIemas de Iatinoamerica?
    absurdo de Io absurdo, que ni siquiera Ios gringos confian en Ia CIDH, por que no estan afiIiados,..organismo parciaIizado que veIa por Ios intereses de Ios grupos de poder y de Ia prensa corrupta,..si no es asi, por que no se preocupan de parar y condenar IA PENA DE MUErTE en Ios estados unidos, casi todos Ios meses matan a gente en esas camaras deI horror, y que dice Ia CIDH, nada!,  siIencio compIice, muchas veces condenan a gente inocente, y asi sean cuIpabIes, no tienen derecho a MATAr,   y que dice Ia CIDH?…..hipocritas, como aIgunitos..

  5. LO CIERTO ES QUE EL DICTADOR MASHI QUIERE IMPONER SU ESTUPIDA TEORÍA DEL SOCIALISMO SECUNDADO POR ESBIRROS, MIENTRAS QUE LOS MEDIOS INDEPENDIENTES MUESTRAN UNA REALIDAD DE LO QUE OCURRE EN EL PAÍS…Y ESO NO LE GUSTA A LA ROBOLUCIÓN…

  6. todo nuestro apoyo, dijo el libertdor simon bolivar «huid del pais donde uno solo ejerce todos los poderes, es un pais de esclavos» si lo unico que nos queda de libertad es pensar diferente a nuestro vecino y la dictadura no lo quita entonces apaga y vamonos

  7. Se nota que muchos foristas son de los remordidos que festejan las bajezas del patán de carondelet. Si antes hubo atropellos como ellos dicen por parte de los periódicos, lo mismo sucedió por parte de los gobiernos. Y así sucede ahora, pero lo aceptan como una venganza. Pobres asnos, Febres Cordero fue un bebe al lado del bipolar, pero como son impotentes de poder salir adelante por su mediocridad tampoco le gusta que los si quieren gracias a su trabajo lo puedan hacer. Típico de la envidia de los mediocres y se sientes resarcidos con la mentiras del dictador MASHI

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