Corte Suprema argentina permite abortar a mujer violada

BUENOS AIRES (AP) — La Corte Suprema de Justicia ordenó que se practique un aborto en esta capital a una mujer víctima de la trata de personas, revirtiendo el fallo en contrario de una jueza, e instó a que las interrupciones de embarazos que están permitidas no sufran trabas en los tribunales de Argentina.

El alto tribunal dijo el jueves por la noche que no hay «obstáculos» para que la intervención quirúrgica se realice en un centro médico público.

El aborto estaba programado para el martes en el hospital público Ramos Mejía, pero ese día un fallo de la jueza nacional del fuero civil Myriam Rustán de Estrada impidió a la mujer interrumpir su embarazo a instancias del pedido de una ONG antiabortista.

Pablo Vicente, abogado de la mujer que apeló la medida de la jueza, señaló el viernes a medios de prensa que su cliente siente «una alegría grande». «Pero lamentamos haber llegado a esta instancia», sostuvo. Se prevé que la intervención quirúrgica se realizará en las próximas horas en algún hospital público de la ciudad.

La Corte Suprema decidió revocar la medida cautelar que había frenado la operación e instó a las autoridades de la capital argentina a garantizar su puesta en práctica. El alto tribunal ratificó así una resolución que dio a conocer en marzo, que considera no punible el aborto por parte de cualquier mujer violada y que buscaba zanjar las controversias sobre este asunto.

La mujer que pretende interrumpir su embarazo fue violada durante su secuestro por una red de trata de personas en el sur del país de la que consiguió huir. La víctima se acogió al protocolo médico del Ministerio de Salud capitalino para solicitar la intervención quirúrgica. Esa normativa respeta la opinión de la Corte Suprema al respecto.

«El estado no puede confiscar el vientre de las mujeres», dijo el viernes a The Associated Press Fernando Lozada, representante de la Asociación Civil Ateos de la ciudad de Mar del Plata en la Coalición Argentina por un Estado Laico. Lozada se lamentó de que este tipo de controversias volverán a ocurrir en el corto plazo en Argentina por la actitud de sectores «reaccionarios», y en ese sentido instó a que el Congreso apruebe una «ley de aborto legal seguro y gratuito» que garantice el derecho a abortar a cualquier mujer, sin condiciones.

«Creo que eso no llevará tanto tiempo, cada vez son más los legisladores y los movimientos de mujeres que reclaman el aborto libre, la sociedad está tendiendo a eso», sostuvo al hacer referencia a la conquista de «otros derechos civiles» en su país, como el matrimonio entre homosexuales.

En su fallo de anoche, la Corte Suprema también exhortó a los poderes judiciales nacionales y provinciales del país a que «se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles».

El expediente con el caso de esta mujer pasó por varias instancias judiciales antes de llegar al máximo tribunal. En ese proceso, la jueza Rustán de Estrada fue apartada de la causa por un tribunal de apelaciones, que asignó el expediente a otro magistrado, quien aceptó las apelaciones presentadas por la víctima de la trata de personas y el gobierno capitalino.

El propio alcalde de Buenos Aires, Mauricio Macri, había anunciado días atrás la realización del aborto autorizado a la mujer violada, lo que fue considerado un error por sus opositores ya que puso en guardia a las llamadas organizaciones pro vida. El alcalde fue denunciado penalmente por legisladores de la ciudad por haber difundido datos sobre el caso.

Según juristas, en su resolución de marzo que avala que cualquier mujer violada pueda abortar —y sin necesitar para ello de una autorización judicial— el alto tribunal terminó con las dudas sobre la interpretación de un artículo del código penal que, según las ONG pro-vida, limita la realización de esa práctica únicamente a quienes padecen una discapacidad mental.

El artículo en cuestión señala que el aborto no es punible «si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente».

Los abogados de la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Vida-Pro Familia, que impidió con la medida cautelar que la víctima de la trata de personas pudiera abortar el martes, insisten en que el código es claro y no acepta la interrupción del embarazo en mujeres «mentalmente capaces».

Además consideran que la interpretación de la Corte Suprema «es nula» para el caso de esta mujer, ya que el alto tribunal fijó su posición «en abstracto» y para el caso concreto de una adolescente en el sur del país que fue violada por su padrastro.

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1 Comment

  1. Wow! El código penal ecuatoriano es muy parecido en su redacción! Esto quiere decir que la decisión de la Corte argentina puede ser un precedente para la justicia ecuatoriana (precedente referencial, no obligatorio):
    Art. 447.-
    El aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer o
    de su marido o familiares íntimos, cuando ella no estuviere en
    posibilidad de prestarlo, no será punible:

    1o.- Si se ha
    hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este
    peligro no puede ser evitado por otros medios; y,
    2o.- Si el embarazo proviene de una violación o estupro cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.

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