Telenovelas aptas para todo público se podrán transmitir de 06h00 a 18h00, dice Cordicom

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El Reglamento de Franjas Horarias elaborado por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) no prohíbe la difusión de programas de formato o género identificado como telenovela en el horario comprendido entre las 06h00 y 18h00 –franja familiar- ni en ningún otro, aclara hoy un comunicado de este organismo. 

El Consejo, a través del Reglamento de Franjas Horarias, «lo que hace es reafirmar la Ley Orgánica de Comunicación como una ley democrática que protege derechos y regular en el mencionado horario contenidos discriminatorios, sexualmente explícitos o violentos que pudieran vulnerar los derechos de la ciudadanía, especialmente de los niños, niñas y adolescentes», continúa la versión oficial. 

«Todo medio de comunicación puede emitir en la franja familiar novelas cuyo contenido esté acorde con lo establecido en la Ley Orgánica de Comunicación y el Reglamento de Franjas Horarias. Los parámetros que deben cumplir los contenidos trasmitidos en el horario que va desde las 6h00 hasta las 18h00, según lo que establece el artículo 7 del Reglamento de Franjas Horarias, deben satisfacer las necesidades de formación, educación, información y entretenimiento de niñas niños y adolescentes, jóvenes y familia».

«Además, los contenidos que se difunden en franjas horarias deben contar con enfoque de inclusión y respeto a los derechos de los grupos de atención prioritaria», dice el Cordicom.

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