Negar una carrera de taxi es contravención, según COIP

Taxis e Nueva York. Foto de Archivo, La República.

El artículo 388, literal 9, del Código Orgánico Integral Penal sanciona al conductor del servicio público comercial que se niegue a prestar el servicio de su taxi por el comedimiento de una contravención. 

La denuncia de un usuario ante la Agencia Metropolitana de Tránsito puede generar una sanción del 40% del salario básico unificado (actualmente fijado en 354 dólares) y 7,5 puntos menos en la licencia de conducir.

El presidente de la Asociación de Taxista de Pichincha, Carlos Brunis, ha declarado a Diario El Comercio que han enviado circulares a sus compañeros taxistas para que tomen en cuenta las posibles sanciones.

Con el fin de evitar lugares con mucho tráfico o demasiado lejanos suele ser usual que conductores de taxis se nieguen a sus carreras.

En Quito hay 14100 taxis. 

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