Con Ley laboral en vigencia, quienes renuncien por desahucio recibirán bonificación

Asamblea Nacional. Foto de Archivo, La República.

Desde hoy, todos los casos de terminación de la relación laboral por desahucio o por acuerdo entre las partes (empresarios y trabajadores), recibirán una bonificación con el 25% del equivalente a la última remuneración mensual por cada año de servicios prestados, informa Diario El Universo.

Esto será independiente de la liquidación por el cierre de relaciones laborales.

Esta es una de las reformas que se incluyen en la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, que entró en vigencia este lunes con su publicación en el Registro Oficial 483.

El primer inciso del artículo 184 del Código de Trabajo que se refiere al ‘desahucio’ señala ahora que: «Es el aviso por escrito con el que una persona trabajadora le hace saber a la parte empleadora que su voluntad es la de dar por terminado el contrato de trabajo, incluso por medios electrónicos. Dicha notificación se realizará con al menos quince días del cese definitivo de las labores, dicho plazo puede reducirse por la aceptación expresa del empleador al momento del aviso».

El artículo 185 que también fue reformado señala que los empleadores tendrán un plazo de 15 días para pagar estas bonificaciones y todos los derechos que le corresponden.

Y advierte con un control estricto del Ministerio de Trabajo.

Roberto Aspiazu, director del Comité Empresarial, dijo que el tema de la bonificación por desahucio «nunca fue discutido previamente y se lo incluyó en segundo debate en la Asamblea violentando todos los procedimientos internos parlamentarios».

Esta bonificación significa mayores costos de contratación, aseguró, «porque es obvio que como empresario se contrata a un trabajador y el día de mañana se van a otro trabajo y renuncia, hay que bonificarlo… no sabemos de donde salió esto que derivará en mayores costos. Ya de por sí el Ecuador tiene costos laborales elevados con relación al promedio regional y esto constituye un costo adicional».

Por ello dijo que este tipo de reformas no va en la línea del cumplimiento de la política pública de dinamizar el mercado laboral y hacerlo más amigable con la contratación de plazas jóvenes. [I]

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