Asamblea se allana al veto del Ejecutivo en la Ley APP

FOTOS API / JUAN CEVALLOS

La Asamblea Nacional se ha allanado totalmente, con 89 votos a favor, al veto parcial del presidente Rafael Correa que planteaba diez objeciones a la Ley Orgánica de Incentivos para las Alianzas Público Privadas, o Ley APP, aprobada por la Asamblea a partir de una propuesta del Ejecutivo.

Los asambleístas acogieron la recomendación de la Comisión de Desarrollo Económico, presidida por Lídice Villacís, de PAIS. Las objeciones aceptadas fueron las siguientes:

Respecto del cálculo del impuesto a las tierras rurales ubicadas en la Región Amazónica, el Ejecutivo propuso que en el caso de inmuebles ubicados en la Región Amazónica y en zonas similares definidas en el respectivo Decreto Ejecutivo, el hecho generador se producirá cuando la propiedad o posesión de superficies de terreno supere las 50 hectáreas, valor que podrá ser ampliado a 70 mediante Decreto Ejecutivo del Presidente de la República por uno o varios períodos fiscales, previa solicitud motivada del Ministerio del ramo.

La ley aprobada por la Asamblea determinaba exoneraciones de impuestos para el desarrollo de proyectos públicos en asociación público-privada, así como un régimen de facilidades para el acceso de empresas a capital fresco a través de la creación de un marco normativo que permita el acceso al financiamiento.

El Ejecutivo propone que no puedan acceder a este beneficio aquellas operaciones de financiamiento concedidas, directa o indirectamente por partes relacionadas por dirección, administración, control o capital y que a su vez sean residentes o establecidas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, excepto cuando el prestatario sea una institución financiera.

Otra de las objeciones se refiere a la reforma a la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos del Banco Nacional de Fomento (BNF), cuyo plazo venció el 5 de mayo (180 días después de emitida) y que fue ampliado por el Legislativo hasta el 31 de diciembre.

El Jefe de Estado argumenta un error técnico en la disposición, ya que “el artículo pierde su eficacia una vez cumplido su objetivo o transcurrido su tiempo de vigencia”.

Propone que se otorgue un período de 150 días, a partir de la publicación de la ley en el Registro Oficial, para las operaciones de crédito y/o inversión que no hayan sido reestructuradas, refinanciadas o reactivadas dentro del primer plazo.

Lo propio objeta sobre la remisión de intereses a los microcréditos de la Corporación Financiera Nacional (CFN).

La Asamblea aprobó la condonación del 100% de recargos para los pescadores artesanales. Sin embargo, el Ejecutivo aduce que el artículo es discriminatorio, pues solo favorece a un sector.

En su lugar sugiere que la remisión se aplique a todos quienes hayan obtenido microcréditos hasta diciembre de 2013. Para acceder al beneficio se debe presentar una solicitud hasta en 60 días después de emitida la ley.

La Ley APP fija mecanismos para las alianzas entre el Estado y el sector privado para la ejecución de proyectos, excluyendo a los sectores estratégicos, salvo los nuevos proyectos públicos en materia energética.

(I)

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