Las siete causales para abortar que plantea la reforma al COIP

Cristina Franco Cortázar

Guayaquil, Ecuador

Aunque desde el año 1938, el código penal menciona tres causales, las mismas que, hoy en día, no tienen asidero científico y contradicen tratados internacionales ratificados en el Ecuador, se ha llevado a la palestra legislativa la reforma del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, agregando cuatro causales más.  Presenciamos así, un escenario que intenta legitimar la muerte de un ser humano bajo siete causales: cuando peligre la salud de la mujer, cuando peligre la vida de la mujer, por violación a mujer con discapacidad mental, por violación con la simple afirmación de que fue violada, por incesto, cuando el embrión o feto padezca de una patología congénita adquirida o genética y finalmente y por si nos queden dudas por inseminación no consentida. 

Siete causales que invitan verdaderamente a cuestionarnos si nos encontramos o no, en un estado garantista de los derechos de nosotras las mujeres y de los derechos para el niño concebido.

Pareciera que, quienes promocionan desaforadamente la legalización total del aborto en el Ecuador, brindando asesoría de cómo abortar, o siendo partícipes en paneles, debates, ponencias, universidades e inclusive desde el púlpito de la Asamblea Nacional, donde se ha mencionado que, se dejan las convicciones a un lado, son los que se sienten facultados para decidir, en los próximos días, si los niños concebidos en el vientre de nosotras las mujeres, deben morir o vivir, dependiendo ahora de cuatro causales más a las ya establecidas en el COIP, para justificar el aborto no punible en nuestro ordenamiento jurídico.

Y aunque la verdad se sostiene por sí sola, ante la prueba fehaciente de las desesperadas estrategias para legalizar a como dé lugar el aborto en el país, se vuelve necesario recordarles a quiénes elegimos en las urnas, que el aborto jamás será la solución y que debemos enfocarnos con todas nuestras fuerzas en salvar las dos vidas. 

Por un lado, resulta interesante analizar los argumentos de quienes defienden el aborto, agrupando en una sola cifra, todos los embarazos adolescentes en el Ecuador, los mismos que, según estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, no especifican factores como el consentimiento o no de la adolescente, y presumen así, en sus conclusiones aceleradas que todos estos embarazos provienen de violaciones sexuales.

No preocupados precisamente por reformas de ley para el endurecimiento de penas a los violadores o fortalecer mecanismos de adopción que comprenda la adopción del que está por nacer, se han dedicado, por otro lado, a impulsar desde hace más de una década la agenda de un sexo seguro, basado en anticonceptivos a niñas, niños y adolescentes con el objetivo de que tengan relaciones sexuales precoces, sin ninguna restricción y luego asesorarlas en cómo realizar un aborto.

Con la misma incoherencia, se ha escuchado en otras ponencias de personas que piden que el aborto sea considerado como un derecho a matar, la aseveración de que la legalización del aborto reducirá la práctica del mismo.  Dicho sustento pierde credibilidad simplemente consultando páginas institucionales de los ministerios de salud donde se ha legalizado el aborto, países como Uruguay, España, Estados Unidos, reflejan en sus estadísticas  que la práctica del aborto ha aumentado en grandes porcentajes donde se legalizó y que en los últimos años ha disminuido en dichos países debido a la normalización de  dicha práctica, sin necesidad de acudir a un centro de salud, mediante el aborto medicamentoso o casero, brindado como un servicio de salud sexual y reproductiva a niñas, adolescentes y mujeres. (DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN, 2017)

Podríamos seguir debilitando los argumentos de la legalización del aborto, como, por ejemplo, mencionar que la Psicología ha refutado drásticamente, calificando de tendenciosas las declaraciones que, en el año 2015, realizó el Colegio de Psicólogos de Chile, al informar a la población chilena que el síndrome postaborto (SPA), no existe. Al respecto, se refutó lo siguiente, -menciono únicamente parte del extracto-:

Caroline Lafarge (2014) recopiló los resultados de catorce trabajos cualitativos que describen las experiencias de mujeres tras abortar fetos con malformaciones en países como Estados Unidos, Inglaterra, Brasil, Israel, Suecia, Finlandia y Vietnam. Se encontraron diversos elementos en común: El aborto se experimenta como un “terremoto emocional “, “un duelo persistente “, “un asunto para toda la vida“, “un dolor que disminuye pero que nunca desaparece por completo“, “un ataque al sí mismo que socava la sensación de seguridad“. Se describe también sentimientos de “ambivalencia“, “impotencia“, y “pérdida de control sobre las emociones y el sufrimiento” entre muchas otras vivencias. Esta información ausente en el documento citado (Informe de Colegio de psicólogos de Chile) es introducir implícitamente una idea a la población de que el apego, los vínculos humanos y la vida aparece por arte de magia, dependiendo de cuál sea la probabilidad de sobrevida de un individuo fuera del útero. (Aborto y Salud Mental de la Mujer. Respuesta al Colegio de Psicólogos de Chile., 2015)

Más no se trata aquí, de contestar a una estrategia comunicacional recalcitrante, montada por grupos que promueven la legalización del aborto y por algunos asambleístas. Como si por haber sido violada tengo que ir a la cárcel por abortar, puesto que esa duda ya ha sido contestada por el Derecho Constitucional y por el Código Orgánico Integral Penal vigente, al considerar las medidas sustitutivas para delitos con privación de libertad y la suspensión condicional de la pena impuesta para delitos que no excedan de cinco años. La pena actual para el aborto consentido, es de seis meses a dos años según el artículo 149 del COIP y se encuentra en el capítulo de los Delitos contra la inviolabilidad de la vida, porque precisamente se trata de eso, de una vida humana y en eso si coincidimos con asambleístas y feministas radicales que defienden el aborto libre y gratuito, (aunque los ecuatorianos tengamos que pagar con nuestros impuestos estos procedimientos), que se trata de un niño concebido que es sujeto de derechos y debe ser protegido según la convención interamericana de derechos humanos, según la constitución, según decreto ejecutivo del niño por nacer y según la mayoría de ecuatorianos.

Como abogada y docente en la cátedra universitaria, estoy convencida de que ni las mujeres ecuatorianas, ni profesionales de la salud, ni los jóvenes que están preparándose para ejercer una política honesta que traiga paz y seguridad jurídica al Ecuador, quieren un país bañado en sangre, ni ser cómplices del mayor genocidio de la historia, que solo ha generado ganancias para la industria del aborto, mediante el tráfico de tejidos y órganos fetales.

No podemos permanecer indiferentes y decir: “Tranquilos, que tan solo serán siete causales que justificarían matar seres humanos en vientre”, esto ya equivale a la legalización del aborto en el Ecuador. Si seguimos en silencio y no ejercemos nuestro derecho a la resistencia y los médicos su objeción de conciencia, lo demás vendrá por añadidura.  

Una vez más les decimos a nuestros asambleístas: #LaVidaSeDefiendeSinPeros

Más relacionadas