Un tribunal de casación de la Corte Nacional de Justicia ha rechazado el recurso presentado por el expresidente de la República Jamil Mahuad, a la condena de ocho años de prisión a la que fue sentenciado por el delito de peculado del que fue acusado por decretar el feriado bancario en 1999.
El juez ponente ha sido el magistrado Iván León; el tribunal estará integrado también por los magistrados Wilman Terán y David Jacho. El tribunal ha argumento que no ha encontrado un error de derecho en la sentencia que lo condenó que pueda ser corregido.
El recurso fue interpuesto tras la ratificación del Tribunal de Apelación a la sentencia por peculado, del que se lo acusó por haber firmado, en 1999, el Decreto Ejecutivo 685 con el que se reprogramó los depósitos en el sistema financiero privado, lo que se conoció como el «feriado bancario«.
La medida de Mahuad, tomada según el régimen para evitar una corrida bancaria que liquide el sistema financiero, impedía a los ciudadanos a retirar sus depósitos por el lapso de un año.
En mayo de 2017, los jueces redujeron ocho años de prisión la pena de 12 a la que había sido condenado en 2014 por la Corte Nacional de Justicia que había reorganizado el gobierno del Presidente Rafael Correa, atendiendo al pedido del entonces Fiscal, Galo Chiriboga.
La defensa de Mahuad sostiene que se trató de un acto de gobierno del que el expresidente no obtuvo ningún beneficio. En el proceso, Mahuad argumentó que el congelamiento los depósitos bancarios, en plena crisis de 1999, tenía por objeto impedir “que los grandes capitales se fugaran al exterior”, por lo que consideró que su comportamiento, “aunque fue muy duro personal y políticamente”, fue “responsable”.
Mahuad, que radica en Boston, Estados Unidos, tras ser desalojado del poder por un golpe de Estado el 21 de enero de 2000, fue acusado de peculado por el exdiputado socialista Víctor Granda y Napoleón Gómez, de los movimientos de izquierda.