Purga(torio)

José Chalco Salgado

Cuenca, Ecuador

El inmovilismo del Consejo de la Judicatura es vergonzoso. Cuidado y dejan únicamente en el purgatorio a los cómplices de las bandas y los bandidos.

 Señalar a la ligera, así no más, que no se puede hacer nada y no existe fórmula jurídica para apoyar a la causa país que lleva adelante la Fiscal General del Estado (caso Purga), es un error de bulto.

La Ley claro que faculta al Consejo de la Judicatura actuar ante jueces, fiscales y servidores del Poder Judicial inmersos en corrupción, obstrucción y desorden del sistema. ¿Acaso vamos a mantenerlos con prisión preventiva, remuneración y puesto esperando? Hay que ser serios.

El Código Orgánico de la Función Judicial y la sentencia de la Corte Constitucional Nro.  10-09-IN y acumulados 22, determinan que, como medida cautelar, inmediatamente, el Pleno del Consejo de la Judicatura puede suspender a un servidor judicial cuando exista presunción de infracciones graves o gravísimas.

Es el caso. Por ejemplo, con un mínimo ejercicio interpretativo se podrá concluir que en el caso Purga hay funcionarios que han violado la independencia judicial; retuvieron documentos o procesos; recibieron dinero, bienes o favores; realizaron sorteos irregulares de causas; revelaron información investigativa; no comparecieron a audiencias; o, no pusieron en conocimiento de autoridad actos contrarios al Poder Judicial. Todas, infracciones gravísimas, según el artículo 109 del Código de la Función Judicial. Fácil.

Por si falta. Las infracciones graves -también susceptibles de suspensión- establecidas en el artículo 108 del Código de la Función Judicial, se configuran como: agredir de obra; causar daño grave por dolo o negligencia en expedientes; no firmar intencionalmente diligencias judiciales; no notificar con oportunidad; no comparecer a audiencias; inducir a actos contrarios al ordenamiento jurídico del Estado; o, usar en beneficio propio o de tercera persona información privilegiada. Fácil también. La lista es enorme.

El país necesita de más funcionarios con personalidad que cumplan y hagan cumplir la Ley. Que abandonen el purgatorio. Que comprendan que lo que vive el país en el caso Purga no es un beneficio propio a unas billeteras, sino que se trata de un ataque frontal y desmedido al Estado Constitucional, a la vigencia del país y al respeto del orden constitucional.

Quito 5 de abril. Audiencia del Caso Purga, en la Corte Nacional de Justicia API/Daniel Molineros

Más relacionadas