Guayaquil, Ecuador
Es verdad que ese bodrio de nombre larguísimo (Consejo de Participación Ciudadana y Control Social -CPCCS) debiera desaparecer, pues bien probada está su -por decir lo menos- nula eficiencia para nombrar a los altos cargos del Estado. Esa facultad debe regresar a un mecanismo de consenso político, como sucede en general en los países civilizados (por ejemplo, propuesta del Ejecutivo y aprobación del Legislativo, con posibilidad de impugnaciones escritas, y con audiencia, sobre méritos o probidad de los candidatos).
También es verdad, aterrizando en lo concreto, que al bendito CPCCS se le fue la mano cuando en el reglamento para elegir nuevo fiscal general incluyó una restricción que impide participar a casi a todos los penalistas del país (incluyendo a los serios, que los hay): se impide concursar a quienes en los últimos diez años hubiesen patrocinado causas sobre todo un rosario de delitos -no solo narcotráfico o similares- abarcando casi a todos los incluidos en el Código Penal. Se amplía así a guisa del buenismo de moda el requisito constitucional de probidad notoria, que no se acredita con papelitos, sino que se cuestiona con impugnaciones.
Pero tiene inocultable perfume a dolo que, ya no yéndosele la mano sino embarrando todo el cuerpo, un juez de palo de Montecristi haya suspendido el antedicho reglamento, comprando el cuento que le llevó un desconocido abogado de 23 años, quien arguyó estar perjudicado por la susodicha restricción -cuando por su edad en verdad ni siquiera puede cumplir el requisito constitucional de “Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años” (art. 196, 3º). Diez años. Tuviera que haberse graduado de trece.
Si bien el juez Vicente Pico reculó este 25 de septiembre (sin expresión de motivos, pues “su” documento de seis páginas es una mera caza de citas, a cuyos autores -si los ha leído- no los comprendió), el tema es mucho más de fondo. Está requetedemostrado que dar facultades para resolver asuntos constitucionales a cualquier juez de primera instancia, de cualquier lugar del paisito, solo ha generado caos.
Esa es otra novelería que hay que extirpar de raíz, pues también está requetedemostrado que de nada sirven las declaratorias de error inexcusable que vive engavetando el Consejo de la Judicatura, por lo que esos jueces, mandados o coimeados, siguen haciendo de las suyas.