Opinión

El poder vitalicio

Alberto Molina
Quito, Ecuador

El Congreso de Nicaragua, controlado por el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), totalmente obsecuente con el Presidente Daniel Ortega, modificó la Constitución eliminando el límite a los períodos presidenciales, es decir, se aprobó la presidencia vitalicia. […]

Opinión

Impuesto a las utilidades

Héctor Yépez Martínez
Guayaquil, Ecuador

Está en la Asamblea el proyecto de reforma a la Ley de Telecomunicaciones, firmado por el Presidente, que recorta el derecho de los trabajadores a recibir utilidades en ese sector, incluyendo a las telefónicas Claro y Movistar. […]

Opinión

¿Es Venezuela un narcoestado?

Carlos Sánchez Berzaín
Miami, Estados Unidos

El término «narcoestado» se puede explicar desde concepto «política profunda» desarrollado por el investigador Peter Dale Scott como «la simbiosis entre los gobiernos (y en particular sus agencias de inteligencia) y las asociaciones criminales». […]

Opinión

Israel: hacia una crítica latinoamericana

Antonio Villarruel
Quito, Ecuador

Se me ocurre que, además de las grabaciones de los bombazos, de las insólitas reuniones de israelíes en miradores o departamentos celebrando los misiles, además de las inefables imágenes de niños muertos, despedazados, y de los funerales judíos o musulmanes con decenas de miles de gentes que lloran a sus muertos mientras sigue escuchándose el sonido de los cohetes, hay tres hechos que pueden contribuir a la discusión sobre lo que ocurre en el Medio Oriente, no tanto en términos diplomáticos, ni desde un acercamiento militar o táctico, sino sobre todo crítico, es decir político, estético, histórico.

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Opinión

Cositas del COMF

Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

En el proyecto de Código Monetario y Financiero aprobado en segundo debate por la Asamblea ya no constan dos cuestiones francamente deleznables: la exoneración de pena a quien conceda créditos vinculados si estos son pagados; y la obligación de la Fiscalía, en todo caso de suspensión de operaciones de una entidad financiera, de requerir «de manera prioritaria e inmediata» medidas cautelares y la obligación del juez «en el plazo máximo de ocho horas» de incautar todos los bienes de toda persona con participación con influencia (PPI), e incluso de todas las personas naturales que a su vez sean accionistas de un PPI, sin que importen los méritos del caso.

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