Opinión

Pérdidas ficticias

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Tradicionalmente la banca, para el financiamiento de viviendas, ha venido entregando créditos por el 70% del valor real de aquellas. Obtenía en esa forma que la garantía equivalga, en números redondos, al 140% de la deuda inicial, con lo que cumplía los requerimientos legales para calificarla como «adecuada». Eso hacía, además, que quien quería adquirir una vivienda ahorre el 30% del precio, que lo pagaba antes de acudir al banco.

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Opinión

Condeno porque quiero

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Jorge Egas y Luis Jácome, superintendente de Bancos y presidente del Banco Central, nombrados a mediados de 1998, empezaron sus funciones con el cierre del Banco de Préstamos, e inmediatamente se enfrentaron con la crisis de Filanbanco; es evidente, cualquier deficiencia en la supervisión no puede serles atribuida. La bomba les llegó activada: no tenían ni dos meses en sus cargos cuando el crédito de liquidez fue entregado por el Central.

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Opinión

Sobre la «prenda general»

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Quiero creer que no será tan radical la propuesta de eliminar del sistema legal a la llamada «prenda general»; si esta da derecho al acreedor para cobrar las deudas pidiendo el embargo y remate de bienes del deudor moroso -así no estén prendados o hipotecados- de abolirla completamente se llegaría a absurdos como que el SRI no tuviera cómo cobrar los impuestos a quienes no los pagan con alegría, que los bienes de padres que no cubren los alimentos de sus hijos quedarían intocados, o que fracasaría el postulado de recientísimas leyes financieras, que buscan cobrar las pérdidas de la banca cerrada incluso embargando bienes que «de público conocimiento» son de propiedad de los responsables, así no estén bajo su nombre. […]

Opinión

¿Debe el Estado ayudar a los ecuatorianos en España?

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

En octubre pasado, el diputado Gerónimo Yantalema presentó un proyecto de «Ley de Defensa de los Trabajadores y Trabajadoras Migrantes contra el Fraude Hipotecario cometido en España», en el que pretendía que en Ecuador no se reconozca la validez jurídica a los compromisos financieros contraídos para adquirir las viviendas en España, dizque por haber sido establecidos bajo condiciones de «ilegalidad y fraude»; y que los jueces ecuatorianos queden impedidos de «…tramitar cualquier demanda que tenga como origen los compromisos financieros del fraude hipotecario, ejecutado en España». El Consejo de Administración Legislativa, en decisión del 16 de noviembre de 2011, se negó a tramitar el proyectito. Huelgan más palabras.

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Opinión

Jueces de palo

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Ya nada es sorprendente en el paisito; menos en materia judicial, pues los jueces de palo abundan. Con reorganización y todo. El turno fue ahora de la corte provincial de Sucumbíos, la que sin ruborizarse acaba de desconocer las obligaciones de derecho internacional público que tiene el Ecuador, como suscriptor del tratado de inversiones con los Estados Unidos de América, bajo cuyo amparo está en marcha un arbitraje promovido por Chevron. […]

Opinión

Concurso para jueces

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Está en marcha un nuevo proceso para selección de jueces, de primera y segunda instancia, para todo el país; se busca trescientos cinco magistrados, que, en el nivel que más contacto tiene con la sociedad, deberán resolver conflictos de toda índole (civiles, comerciales, penales, laborales, etcétera). En Guayas, por ejemplo, hay que designar ocho jueces de la Corte Provincial (de apelaciones), nueve jueces de lo civil y trece de asuntos penales. Las inscripciones se cierran la medianoche del 15 de febrero. Los salarios, dependiendo del cargo, fluctúan alrededor de los cuatro mil dólares, aproximadamente.

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Opinión

Cuestión de coronas

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

¿Qué corona tienen los productores locales de publicidad, como para que en el proyecto de ley de comunicación se les quiera dar el monopolio de la venta de «…comerciales de televisión y cine, cuñas para radio, fotografías para publicidad estática, o cualquier otra pieza audiovisual utilizada para fines publicitarios», al punto de que el mismo proyecto quiere que se prohíba la importación de piezas publicitarias producidas fuera del país por empresas extranjeras? ¿Quiénes son, y qué corona tienen, aquellos productores nacionales de publicidad que se beneficiarán indebidamente si el Estado les reserva semejante negocito?

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Opinión

¿Encubrir a los deudores?

Por Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador

Al final del proyecto de reformas a la Ley de Instituciones Financieras relacionado con las mutualistas, actualmente en trámite, se ha introducido una disposición transitoria según la cual, la Superintendencia de Bancos debe iniciar procesos coactivos para recuperar el monto de las pérdidas patrimoniales de las entidades que cerraron como consecuencia de la crisis bancaria. En el texto propuesto se hace responsables de esas pérdidas a «los accionistas que representaban el seis por ciento (6%) o más del capital accionario al momento de someterse la institución financiera al proceso de reestructuración, saneamiento o liquidación forzosa, así como contra el principal administrador y representante legal», pudiendo dictarse «medidas cautelares reales, dentro de la coactiva, sobre los bienes que de público conocimiento son de propiedad de aquellos accionistas, administradores o representante legal, en su caso».

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Opinión

El cuento de Montecristi

Por Eduardo Carmigniani

La Constitución garantista de Montecristi trae entre sus principios básicos los de tutela judicial efectiva y prohibición de indefensión. Estos luego se desarrollan en varios postulados, uno de los cuales es que los juicios deben observar el trámite «propio» de cada procedimiento (Art. 76, 3º). Eso del trámite «propio», armonizado con la seguridad jurídica (Constitución, Art. 82), significa que el trámite de los procesos solo puede ser el establecido por normas jurídicas previas: el cambio de reglas del juego no puede afectar fases procesales ya superadas o concluidas.

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Opinión

CFN y Pacífico

Por Eduardo Carmigniani
@ecarmigniani

Mediante decreto ejecutivo 941, del pasado 18 de noviembre, el presidente de la República dispuso que el Banco Central transfiera a la Corporación Financiera Nacional la totalidad de las acciones del Banco del Pacífico, el que pasará en consecuencia a ser de propiedad exclusiva de la CFN, a fin de -según expresa el decreto- «contar con la infraestructura que le permita dar mayor viabilidad a sus operaciones». A primera vista pudiera parecer que el cambio es solo cosmético, pues en definitiva el Pacífico seguirá en manos del Estado o, mejor dicho, del Ejecutivo; hay una diferencia sustancial, empero: el Banco Central no se dedica a otorgar créditos, la CFN sí, igual que el Pacífico. Los dos últimos realizan la misma actividad económica y el propósito del decreto es que la CFN use la red de su controlado.

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