Opinión

El cuento de Montecristi

Por Eduardo Carmigniani

La Constitución garantista de Montecristi trae entre sus principios básicos los de tutela judicial efectiva y prohibición de indefensión. Estos luego se desarrollan en varios postulados, uno de los cuales es que los juicios deben observar el trámite «propio» de cada procedimiento (Art. 76, 3º). Eso del trámite «propio», armonizado con la seguridad jurídica (Constitución, Art. 82), significa que el trámite de los procesos solo puede ser el establecido por normas jurídicas previas: el cambio de reglas del juego no puede afectar fases procesales ya superadas o concluidas.

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