Por Eduardo Carmigniani
La ley antimonopolios concentra en la nueva superintendencia de control del poder del mercado las atribuciones de regulación y control de la conducta de los operadores económicos, independientemente del sector en el que ejerzan sus actividades. Se eliminó, en esa forma, el control difuso anterior, que permitía, por ejemplo, que el superintendente de Bancos vigile los programas publicitarios de las instituciones financieras para evitar la competencia desleal (Art. 180, Ley de Instituciones Financieras). También la facultad que tenía el superintendente de Telecomunicaciones para «Controlar que el mercado de las telecomunicaciones se desarrolle en un marco de libre competencia…» (Ley de Telecomunicaciones, Art. 35, g).
[…]